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REGISTRO CIVIL: EL MINISTERIO DE JUSTICIA NO ES CAPAZ DE CONTESTAR LAS CUESTIONES PLANTEADAS POR EL COLEGIO

Se celebró en la mañana de miércoles la reunión a la que habíamos sido convocados por el Secretario General, Borja Vargues, para abordar la modificación de la ley del registro civil, y los planes que al respecto tiene el Ministerio de Justicia en la materia. Nuevamente, no pudimos contar con la presencia del Secretario General, ni al menos, de Sofia Puente, la Directora general de seguridad jurídica y fe pública de quién depende el Registro civil, ni tampoco del subdirector de proyectos, Francisco Cabo. En su lugar enviaron a la reunión a dos asesores de la secretaria general y el jefe de área de letrados.

Por responsabilidad nos mantuvimos en la reunión y la misma tuvo, como era de prever dados los comparecientes que enviaron, un contenido meramente informativo, tanto, que a las preguntas y sugerencias que efectuamos, no eran capaces de dar respuesta, y ni siquiera  nos trasladaron que se hubiesen valorado en el Ministerio de Justicia. Como cuestión esencial sin respuesta ¿Qué retribución  percibirán los compañeros que resulten encargados del registro Civil?

La presentación muy didáctica, en PowerPoint. Nada nuevo, pues la reforma la llevábamos estudiada. Ya que, como es conocido, se está tramitando una Proposición de Ley presentada por el PSOE en el Congreso donde se están discutiendo las enmiendas de los distintos grupos políticos, y como en otras ocasiones ya habíamos realizado un seguimiento de estas enmiendas para conocer el criterio de los distintos grupos, por lo que no nos ha sorprendido el contenido de la información facilitada. No obstante, es difícil conocer la línea que siguen estas Proposiciones de Ley que se presentan y se enmiendan dentro de las Comisiones, y que no salen a la luz, hasta que se aprueban, sin que desde el Ministerio de Justicia se nos facilite el contenido de los Textos hasta que están prácticamente finalizados, costumbre que se está haciendo endémica lamentablemente.

La intención del Gobierno es que la Ley se ponga en marcha de forma escalonada a partir de abril de 2021. Antes estará finalizado el programa informático, que pasa a llamarse DICIREG. Este despliegue se iniciará por el RC Central, y seguidamente por los Registros Civiles Exclusivos, en principio durante este año 2021. Posteriormente, se llegará a cada uno de los partidos judiciales de todo el territorio, poniendo en marcha, en cada uno, tanto la Oficinas Generales como las que permanecen en los Juzgados de Paz, sin que haya ningún calendario preestablecido.

Como nota positiva, en la tramitación de esta Proposición de Ley, hemos pasado a ser los únicos Encargados, como el Colegio ha demandado reiteradamente. Para ello se modifican algunos preceptos de la LOPJ: estaremos en servicio activo en vez de en servicios especiales, la Oficina de Registro Civil, se reconoce como una unidad diferente de las Oficinas Judiciales en las que podemos estar destinados, y se crean las llamadas Oficinas judiciales de apoyo directo a los Juzgados de Paz.

Por el Colegio se pidieron explicaciones sobre los temas que más nos afectan:

  1. Los puestos de encargado, son de libre designación nombrados a propuesta de las comunidades autónomas. Lo mismo que estáis pensando vosotros, estamos pensando nosotros. Consideramos que es inexplicable que un puesto de naturaleza técnica, como éste, se provea mediante libre designación. Se ejerce la fe pública registral y se resuelven expedientes registrales de importancia que afectan al estado civil y no pueden depender de un nombramiento/cese discrecional. Es mucho más adecuado el concurso de traslado o de méritos, en atención a la naturaleza de las funciones de Encargado, a lo que se suma su intervención en los Juzgados que comparten funciones. Lo hemos considerado inadmisible y así lo hemos trasladado. Igual que no es comprensible que en un órgano de la Administración de justicia y del Estado se realice la propuesta por una administración territorialmente diferente, las funciones no son gubernativas.
  2. Naturalmente, un tipo de puesto nuevo, tiene que tener su asignación económica. Realizada la pregunta por el Colegio, directamente se nos dice que no hay nada al respecto. Ninguna previsión. No saben nada. Nuevamente reiteramos nuestra protesta, considerando también inaceptable que se configure un nuevo puesto y no se haya pensado en su dotación económica.
  3. En algunos Registro Civiles exclusivos es posible que los actuales Magistrados Encargados de Registros civiles exclusivos, si tomaron posesión antes de junio de 2011, sigan ocupando su plaza pasando a servicios especiales. En estos casos se nos dice por el Ministerio expresamente, que compartirán el puesto de Encargado con los Letrados de la Administración de Justicia que ahora están destinados en esos Registros, quienes mantendrán sus destinos.
  4. Desde el punto de vista puramente técnico, y siguiendo la orientación de alguna de las enmiendas presentadas, se insta al Ministerio a que sea competencia exclusiva de los Encargados del Registro Civil la tramitación de los expedientes de matrimonio civil, que ahora aparece compartida con notarios.

Por último hemos reiterado nuestra demanda de que se cuente con las asociaciones de Letrados de la Administración de Justicia, y se nos de traslado de todos los proyectos que nos afectan y que están estudiando simultáneamente: especialmente la Ley de Eficacia Organizativa, que pretende extender de forma inmediata la Oficina Judicial a todo el territorio nacional, y que determinará el contenido de las RPTs que se dicten, en las que encajan las Oficinas de Registro Civil, y el Reglamento Orgánico, que debe perfilar temas como las sustituciones de los Encargados, la Lecrim, por mencionar de nuevo solo algunas

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