ACALARACIÓN SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REFORMA DE LA PRESENCIA DEL LETRADO DE JUSTICIA EN LAS VISTAS

Ante las dudas surgidas entre algunos compañeros, queremos informaros que, a pesar de la entrada en vigor de la LEY ORGÁNICA Nº 1/09, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y a pesar de la reforma del ART. 453.1 LOPJ, AÚN NO HA ENTRADO EN VIGOR la reforma de la PRESENCIA DEL SECRETARIO JUDICIAL EN LAS VISTAS, ni la misma entrará al menos hasta la entrada en vigor de la Ley 13/09 de Reforma de la Legislación procesal, que tendrá lugar el 4 de mayo de 2010, y ello por DOS RAZONES fundamentales:

1.) Una primera RAZÓN LEGAL, en virtud de la cual el nuevo sistema no entrará en vigor como mínimo hasta el 4 de mayo de 2010 (los seis meses de vacatio legis de la Ley 13/09), y es que el citado art. 453.1 LOPJ establece la previsión de la no presencia del Secretario Judicial «en los términos previstos en la ley», lo que remite a la regulación de las leyes procesales vigentes, y por tanto al sistema de presencia del Secretario Judicial en todos los juicios y vistas, no teniendo lugar el cambio desde el punto de vista jurídico procesal hasta la entrada en vigor de la citada Ley 13/09.

2.) Una segunda RAZÓN TÉCNICA, y es que conforme al mismo art. 453.1 LOPJ «En todo caso, el Secretario Judicial garantizará la autenticidad e integridad de lo grabado y reproducido», de modo que, una vez entren en vigor las reformas procesales dispuestas en la Ley 13/09 de Reforma de la Legislación Procesal, el próximo 4 de mayo de 2010, la presencia del Secretario Judicial en las vistas será igualmente necesaria en tanto en cuanto los sistemas de grabación de vistas no garanticen la autenticidad e integridad de lo grabado mediante el sistema de firma electrónica, lo que sin duda requerirá una nueva versión de los actuales sistemas de grabación, de modo que en aquellos casos en los que, por una u otra circunstancia, no pueda garantizarse esa integridad de lo grabado seguirá siendo necesaria la presencia del Secretario Judicial en las vistas pese a la nueva posibilidad legal.

Y todo ello sin perjuicio de la apelación al ejercicio responsable de la FE PÚBLICA JUDICIAL por parte de todos los Secretarios Judiciales, que, en defensa de nuestro prestigio profesional y de las garantías procesales de los justiciables, siempre ha realizado y seguirá realizando el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales

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