Os adjuntamos a esta noticia el MODELO de recurso administrativo contra la nómina de junio –y siguientes, como recomendamos-, en las que se aplica el recorte salarial del Gobierno en el RDL 8/2010. Este recurso forma parte del compromiso adquirido por nuestra corporación con los Secretarios Judiciales en las asambleas celebradas el pasado 8 de junio, así como también de la estrategia general de defensa de los derechos retributivos de los Secretarios Judiciales.
Desde el CNSJ os RECOMENDAMOS LA UTILIZACIÓN DEL MODELO QUE HEMOS ELABORADO, con el fin de unificar la estrategia de acción frente al recorte salarial con las acciones colectivas que impulsaremos desde la organización.
Este recurso por razones de legitimación y para sin problemas poderse ver beneficiado en su día del resultado económico obtenido, DEBE SER INTERPUESTO POR CADA SECRETARIO JUDICIAL CON CARÁCTER INDIVIDUAL, pues se pretende una declaración de inconstitucionalidad que puede ser que solo afecte a quien no consintió los actos.
Entendemos que las nóminas de los Secretarios Judiciales constituyen acto administrativo recurrible contra el que, frente a lo que circula por Internet, como entendemos que pone fin a la vía administrativa, a diferencia de otros funcionarios, lo que procede es interponerse recurso potestativo de reposición previo al contencioso administrativo (por el art. 5.3 del R.D. 1125/2008, que desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Justicia recurso de reposición se interpone ante el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, que es quién corresponde la autorización de “la nómina” en la que se acreditan nuestras retribuciones).
Las nóminas no se nos notifican fehacientemente, en cualquier caso, debe estimarse este plazo de presentación del recurso de acuerdo con las reglas de la lógica y no extenderlo nunca más allá de la finalización del último día del mes siguiente al que la nómina se refiere.
Lo más probable es que la Administración no dé respuesta expresa a este recurso, SILENCIO ADMINISTRATIVO, por ello, el recurso contencioso-administrativo en materia de personal, lo que comporta que no hace falta ni Abogado ni Procurador, se interpondrá en su momento oportuno por cada uno de vosotros. DE TODAS FORMAS CON TIEMPO, Y PARA CUMPLIR LOS PLAZOS OS FACILITAREMOS EL MODELO DE RECURSO.
CENTRO DE ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO DEL COLEGIO AL RECURRENTE
El Colegio, cumpliendo con sus compromisos, y como complemento a estos recursos, abre de nuevo sus puertas a vuestra participación y vuestras aportaciones, y ahora además, ofrece no solo el recurso en general, sino que todo esto se redobla y refuerza con la asistencia al colegiado que se materializa en:
1. nuestras DELEGACIONES TERRITORIALES: dispondrán de los modelos igualmente y os asesorarán en la medida posible y necesaria para la interposición y seguimiento. Por ello, resulta en extremo conveniente que les informéis de quienes interponéis el recurso.
2. el CNSJ ofrece un CENTRO DE ATENCIÓN A LOS RECURSOS, que se localizará en nuestra DELEGACIÓN DE PARTICIPACIÓN, (cuyo mail ya conocéis: participa@coseju.com). Por esta vía mail, nuestra delegación de participación, además de seguir cumpliendo su función de recibir vuestras aportaciones y sugerencias o quejas, ahora, en esta ocasión, también os asesorará constantemente en todo lo que os sea necesario para la interposición y seguimiento del recurso, para el subsiguiente recurso contencioso, y las sucesivas fases que en estas acciones legales se continuarán, resolviendo vuestras dudas y procurando así unificar las acciones que emprenderemos. NO DUDÉIS EN COMUNICAROS CON LA DELEGACION por mail.
ILTRE. COLEGIO NACIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES

