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BOE. DEVOLUCIÓN DE LA EXTRAORDINARIA EN SEPTIEMBRE

El BOE de 24 de septiembre ha publicado la Resolución de 18 de septiembre de 2015, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones del artículo 1 del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía.

 

 

Las cantidades correspondientes a la recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012, previstas en el Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, se acreditarán en la nómina de incidencias de septiembre de 2015, salvo para aquellos empleados para los que la habilitación responsable no disponga de la totalidad de los elementos formales previstos en estas instrucciones, o en otros supuestos en que por motivos técnicos no resulte posible, en cuyo caso se acreditarán en la primera nómina en que sea posible

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