Categoría
hola compañeros siguiendo al hilo de la consulta anterior sobre categorías, mi situación es similar estoy en un juzgado de instrucción de magistrado y cese en el anterior destino de tercera el 2 de nov. de 2006? ¿sería secretario de 2 plenamente consolidada el 2 de nov. de 2011?siempre y cuando siga desempeñando durante ese tiempo puestos de segunda claro está. Gracias
Fco.Javier
REPLICA
Perdona la demora en la respuesta. Nos hemos puesto en contacto con el Ministerio para cerciorarnos de la misma, y nos confirman que el momento de inicio de cómputo de los cinco años que necesitas de servicios en segunda categoría es el de la fecha de la resolución en la que se acordó tu nombramiento para la plaza de segunda, y no el día del cese en tu destino anterior (aunque seguramente coincidirán en tu caso, pero no necesariamente será así en todos los casos)