El CNLAJ remite escrito al Secretario de Estado solicitando más plazas de LAJs en las nuevas secciones de Violencia sobre la mujer
Ante las nota de prensa del Ministerio de Justicia, de la semana pasada, en la que se cuestionaba la creación de nuevas plazas de Letrado de la Administración de Justicia en las nuevas secciones de Violencia sobre la mujer, nos vemos alarmados por esa noticia y expresamente solicitamos que por parte del Ministerio de Justicia se reconsidere la situación y se creen tantas nuevas plazas de letrado de la Administración de Justicia, como nuevas unidades de Violencia sobre la mujer.
La reforma del artículo 89 L.O.P.J., al ampliar las competencias de las Secciones de Violencia sobre la Mujer, ha incrementado exponencialmente la carga de trabajo del LAJ, quien debe enfrentar una multiplicidad de tareas que van desde la gestión documental hasta la coordinación interinstitucional con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, las Oficinas de Víctimas y el Instituto de la Mujer. Esta sobrecarga no es un fenómeno aislado, sino el resultado de un diseño normativo que, aunque busca modernizar la justicia, parece subestimar las necesidades humanas y materiales necesarias para su implementación efectiva.
Consideramos que esta situación pone en jaque la capacidad del sistema para responder con la diligencia requerida, especialmente en casos urgentes donde la vida o la integridad de las víctimas están en juego, lo que nos obliga a deducir que la mera expansión de competencias sin un refuerzo estructural, como el incremento de la plantilla de Letrados, puede derivar en un deterioro del servicio y, lo que es más grave, en un riesgo para las víctimas.
Se adjunta un informe (PINCHA AQUÍ) que se estructura en secciones que desglosan, con un nivel de detalle las funciones penales, civiles y técnicas del Letrado, analizando sus implicaciones jurídicas, operativas y sociales. La actual política de recursos, que parece escatimar en personal especializado, priva a las mujeres víctimas de un profesional esencial que garantiza su información de derechos, la celeridad de su procedimiento y la ejecución efectiva de las resoluciones de protección.
Además, debemos considerar que los Tribunales de Instancia, con sus Secciones de Violencia sobre la Mujer, operan bajo una presión constante que los asimila a juzgados de guardia, atendiendo diariamente asuntos urgentes como diligencias inmediatas, requisitorias, declaraciones de víctimas, pruebas preconstituidas y adopción de medidas cautelares o órdenes de protección, muchas de las cuales deben resolverse en el mismo día. Esta dinámica de guardia continua, que combina la urgencia con la complejidad técnica y emocional, exige un LAJ especializado y una oficina judicial dedicada, cuya ausencia o insuficiencia podría derivar en una atención deficiente y en situaciones de riesgo para las víctimas. Asumimos que, siguiendo el paralelismo con los juzgados de guardia, cada plaza judicial de Violencia sobre la Mujer requiere, como mínimo, un Letrado exclusivo y un equipo de apoyo igualmente especializado, ya que cualquier otro planteamiento no solo deterioraría gravemente el servicio, sino que pondría en peligro la seguridad de las mujeres que dependen de estas instancias para su protección.
Desde el CNLAJ queremos denunciar que atribuir estas funciones a LAJs de guardia no especializados, como se ha sugerido en algunos círculos, sería un paso atrás en las conquistas logradas desde 2004, cuando la Ley Orgánica apostó por una justicia especializada para estos casos. Por ello reclamamos al Ministerio de Justicia que no permita que se vean dañadas las necesidades de las víctimas, ni que se supriman de un plumazo garantías que han costado dos décadas construir.