El pasado día 23 de noviembre se celebró en el Palacio de Parcent, sede del Ministerio de Justicia, una nueva reunión del Consejo del Secretariado bajo la presidencia del Secretario General de la Administración de Justicia D. José de la Mata. En adjunto os informamos con más detalle de la reunión.
FORMACION
Siguiendo el orden del día previsto, y tras la aprobación del acta de la sesión anterior, el Secretario General de la Administración de Justicia procedió, a modo de introducción, a exponer los pilares sobre los que se asienta la propuesta del Plan de Formación Continuada 2011, que informa ahora el Consejo del Secretariado y finalmente se remitirá como propuesta definitiva al Centro de Estudios Jurídicos para su aprobación.
El Sr. de la Mata sigue exponiendo que el documento presentado se basa en las siguientes políticas de formación:
1- Alineación con el Plan Estratégico de Modernización del Sistema Judicial
2- Formación aplicativa, orientada a la función
3- Universalidad en la formación
4- Impacto en la organización de la Administración de Justicia
5- Formación organizada en torno a Proyectos integrados
6- Plan de Formación Personal
7- Homologación y acreditación de actividades de formación
8- Transparencia en la selección de Directores y Formadores
9- Evaluación de las actividades de formación.
A su vez, la propuesta sirve, según consta en el propio documento a 3 objetivos generales:
1- Asegurar que los secretarios Judiciales conozcan en profundidad la nueva organización judicial y las competencias.
2- Conseguir que los Secretarios Judiciales adquieran los conocimientos y destrezas necesarias para desempeñar sus responsabilidades.
3- Desarrollar un proyecto de formación en Tecnologías de Información y Comunicación, específico.
Comprendidos en el primer objetivo general se establecen los siguientes cuatro Programas/Proyectos:
a) Proyecto Nueva Oficina Judicial
b) Proyecto Gestión Pública de la Administración de Justicia
c) Proyecto de formación jurídica en reformas procesales
d) Formación en atención al puesto (Secretarios de Gobierno, Coordinadores Provinciales y Directores de Servicios Comunes)
Abarcan, a su vez, el segundo de los objetivos generales:
a) Programa de perfeccionamiento profesional (reforma del Código Penal, conciliación y mediación, cooperación jurídica internacional y derecho autonómico)
b) Programas de Investigación (Subastas judiciales, Procedimiento Laboral y foro de consultas)
c) Becas (idiomas, actividades del CEJ y organismos internacionales)
Los vocales electos, manteniendo inicialmente una posición favorable al Plan expuesto, observan ciertas deficiencias que se pueden concretar en:
– Necesidad de mantener de forma extensiva el principio de universalidad, evitando a toda costa que a cargo de la formación continuada, derecho básico del empleado público, se organicen jornadas y actividades de participación muy restringida y de escasa vinculación a lo que significa un programa formativo, sino de capacitación. En este plan que se presenta hay numerosos proyectos vinculados al puesto de trabajo desempeñado con lo que se rompe la universalidad del derecho estatutario a la mejora profesional.
– Se critica igualmente la infracción del principio universalidad en el Proyecto de Nueva Oficina Judicial, el escaso desarrollo y minorada importancia a la formación estrictamente jurídica, y a la decepcionante plasmación en la Propuesta de Formación de la Conciliación y Mediación más en órbitas sociológicas que estrictamente jurídicas.
PRODUCTIVIDAD
Siguió la reunión con el borrador de resolución del nuevo sistema de productividad.
Los vocales electos manifestaron una valoración inicialmente positiva del nuevo sistema, por adecuarse a las sentencias dictadas en la materia, que anularon el anterior sistema, pero reconociendo las dificultades de ordenar esta materia bajo los principios de trasparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación que exige el art. 20 del Estatuto Básico del Empleado Público. No obstante, esta valoración inicial queda condicionada a que el modelo propuesto mejore con la objeciones que seguidamente plantean:
1º Necesidad de ligar el nuevo modelo de productividad al nuevo régimen de sustituciones.
2º Necesidad de incluir en el nuevo modelo la productividad de los Secretarios de Gobierno y de los Coordinadores Provinciales.
3º Conocer la partida presupuestaria asignada a productividad, esto es, concretar numéricamente el límite del 5% que opera como tope en esta materia.
4º Necesidad de una obligatoria revisión anual del modelo a fin de incluir, si es necesario, correcciones que demande la práctica del sistema y más allá del “podrán” que prevé el borrador.
5º Necesidad de una concreción de los indicadores de productividad a fin de evitar que divergentes interpretaciones por los Secretarios Judiciales en la autoliquidación. El director general admitió finalmente este punto.
6º Necesidad, cuando se sustituya en otro órgano judicial, de autoliquidar, no sólo las actuaciones del Secretario en dicho órgano acumuladas a las de propio, sino hacerlo además teniendo en consideración los factores estructurales y estratégicos del mismo.
A todo ello el Secretario General de la Administración de Justicia contestó:
a) El nuevo régimen de sustituciones está en estudio. No entrará en vigor junto con el de productividad que lo hará el 1 de enero de 2011. Los 60 euros por sustitución en Sala desaparecen definitivamente incluso en el nuevo modelo que se estudia.
b) Los Secretarios de Gobierno y Coordinadores Provinciales quedan fuera de esta resolución de productividad.
c) Que el Ministerio de Justicia tiene intención de revisar el modelo si se observan disfunciones.
d) Que en caso de sustitución en otro órgano judicial, el Secretario Judicial autoliquidará el propio y cumulativamente las actuaciones de asignación individual en el sustituido, sin atender a factores estratégicos ni estructurales. El resto lo percibiría vía régimen de sustitución.
Finalmente los vocales electos echaron de menos la no inclusión en el modelo presentado de algún factor de corrección tomando, tal vez como referencia, los 5 Grupos poblacionales que vinculación al puesto de trabajo concreto difícilmente podrán competir en cuantía productiva los juzgados más complicados.
EN TURNO DE RUEGOS Y PREGUNTAS,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO MANIFESTÓ QUE SE ESTÁ TRABAJANDO A CONTRARRELOJ PARA RETRIBUIR LA PRODUCTIVIDAD DEL 1ER. SEMESTRE DE 2010 EN LA NÓMINA DE DICIEMBRE JUNTO CON LA EXTRAORDINARIA. Y QUE NO HABÍA PORQUÉ TEMER EL PAGO DE LA DEL 2º SEMESTRE.
Seguidamente valoró muy positivamente la entrada en funcionamiento de la NOJ en Burgos y Murcia, no obstante la información que los vocales electos le transmitieron en un sentido no tan optimista.
Finalmente, y a requerimiento, de nuevo, de los vocales electos a fin que se pronunciara de forma inequívoca acerca le la INSTRUCCIÓN del CGPJ manifestó:
1- Que le merecía una valoración positiva, contando la citada instrucción con elementos muy destacados que habría que enmarcar en lugar destacado, entre ellos:
a) Que el CGPJ reconoce la dirección del Secretario en la Oficina Judicial
b) Que el CGPJ reconoce que la inspección de los Servicios Comunes corresponde al Secretario de Gobierno.
c) Que el CGPJ reconoce que cuando el Juez/Magistrado advierta una irregularidad no ha de dirigirse a la inspección del propio CGPJ, ni a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia sino al Secretario de Gobierno
d) En cuanto al requerimiento al Secretario Judicial, que la Unidad al ser de Apoyo Directo al Juez/Magistrado podría el CGPJ haber interpretado que éste pidiese cuenta al funcionario responsable, sin embargo el Consejo opta por requerir al Secretario lo que supone reconocer su función directiva. En definitiva, que no hay que dar importancia al término requerir pues es una cuestión puramente semántica. Poco elegante, pero meramente semántica.
En definitiva, que lo importante es que los jueces asumen que el canal de comunicación es el Secretario Judicial, y no el Decano o la inspección del Consejo. Le parece una Instrucción con muchos elementos positivos, que soluciona conflictos, quizá desafortunada en la elección de algún verbo, por otro lado de uso extendido y común, y que se ha de interpretar bajo el principio de colaboración permanente con el Consejo General del Poder Judicial.
Con los vocales electos atónitos, se levantó la sesión.