EL CNSJ RECURRIRÁ LA INSTRUCCIÓN 2/2010, DEL CONSEJO, SOBRE EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN POR LOS JUECES Y MAGISTRADOS

Como ya adelantamos el pasado 3 de noviembre, una vez publicada oficialmente la Instrucción Nº 2/10 del CGPJ sobre el ejercicio de las facultades de dirección e inspección por los Jueces y Magistrados (que como documento adjunto os acompañamos), el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales quiere hacer las siguientes manifestaciones:

1.) El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales lamenta profundamente el paso dado por el Consejo General del Poder Judicial, rechazando plena y radicalmente dicha instrucción, tanto por el fondo como por la forma, en lo que  parece apuntar hacia una nueva organización judicial propia, la cual nunca no podría tener lugar a través del dictado de una simple instrucción, sino, en su caso, a través de la aprobación de la oportuna reforma legislativa orgánica.

2.) El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, con carácter inmediato, instará del Ministerio de Justicia, y muy particularmente, del Secretario General de la Administración de Justicia como superior jerárquico nuestro, la adopción de las medidas legales oportunas en defensa de la dignidad y las funciones de los Secretarios Judiciales que, como consecuencia de la eventual aplicación de la citada instrucción puedan verse invadidas, pero especialmente, en defensa de la estricta organización diseñada a través de la Nueva Oficina Judicial.

3.) El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales recurrirá en vía contencioso administrativa la citada Instrucción Nº 2/10, la cual pretende la invasión de las competencias de los Secretarios Judiciales como directores en materia de organización, gestión, inspección y dirección de la Nueva Oficina Judicial según lo establecido en los arts. 454.2 y 457 LOPJ.

4.) En defensa de la independencia de los Secretarios Judiciales, sin perjuicio de las Instrucciones que al efecto puedan dictar nuestros superiores jerárquicos en nuestra defensa, el Colegio Nacional informará a todos los Secretarios Judiciales de la respuesta legal que haya de darse a los requerimientos que eventualmente puedan recibir por parte de Jueces y Magistrados a virtud de dicha instrucción, teniendo en cuenta, por un lado que, como tiene declarada reiterada jurisprudencia constitucional, el Consejo General del Poder Judicial –cuyas instrucciones sólo van dirigidas a Jueces y Magistrados-, y el Ministerio de Justicia son órganos y administraciones plenamente diferenciadas, y por otro lado, que los Secretarios Judiciales, conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica, sólo estamos sujetos a las órdenes e instrucciones que recibamos de nuestros superiores jerárquicos.

Como siempre, os iremos dando cuenta puntualmente, y en la reunión convocada para el próximo lunes, esta cuestión, no lo dudéis, será planteada a los responsables ministeriales

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