El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia valora el nuevo Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal: avances y fallos en la reforma penal española

El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia ha emitido un informe de valoración sobre el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal de 2025, impulsado por el Gobierno con el propósito de sustituir la actual ley procesal penal de 1882.

Aunque el texto se presenta como una modernización necesaria ante la saturación judicial, los avances tecnológicos y las demandas europeas, el CNLAJ advierte que la propuesta contiene fallos estructurales graves que comprometen la independencia judicial, la igualdad procesal y la estabilidad del sistema penal español.

Un modelo acusatorio con graves desequilibrios

El Proyecto persigue instaurar un modelo acusatorio puro, de inspiración italiana y alemana, donde el Ministerio Fiscal asume en exclusiva la dirección de la investigación, relegando al juez instructor. Se introduce la figura del Juez de Garantías, concebida para tutelar derechos fundamentales, pero el CNLAJ considera que su diseño actual queda vacío de eficacia por las debilidades sistémicas del modelo.

La reforma contempla además la eliminación progresiva de las Audiencias Provinciales, sustituyéndolas por los Tribunales de Instancia, mientras que las apelaciones pasarían a los Tribunales Superiores de Justicia. A ello se añaden menciones a la justicia restaurativa, el principio de oportunidad y el uso de herramientas digitales, avances que, sin embargo, se ven ensombrecidos por omisiones críticas y riesgos evidentes.

Dependencia fiscal y ausencia de planificación

El CNLAJ alerta de que el principal escollo reside en la dependencia jerárquica del Ministerio Fiscal respecto del Ejecutivo, a través del Ministro de Justicia, lo que socava su imparcialidad y expone las investigaciones a posibles influencias políticas.

Asimismo, el texto carece de planificación presupuestaria y organizativa, redistribuye recursos sin criterios definidos y genera un desequilibrio flagrante entre acusación y defensa, vulnerando el principio de igualdad de armas.

Restricciones injustificadas a la acción popular

Otra de las críticas más contundentes se dirige a la limitación de la acción popular, instrumento constitucional de control ciudadano.

El Proyecto la restringe a determinados delitos (como corrupción o medioambientales), exige un “vínculo legítimo” que otorga excesiva discrecionalidad a fiscales y jueces, impone cauciones económicas inasumibles y prohíbe la participación de partidos, sindicatos y entidades públicas.

El CNLAJ considera estas medidas desproporcionadas y contraproducentes, pues eliminan contrapesos esenciales frente a la posible inacción del Ministerio Fiscal. En su lugar, propone reforzar los controles frente a abusos, no establecer prohibiciones absolutas.

Deficiencias operativas y riesgos tecnológicos

Desde el punto de vista técnico-procesal, el CNLAJ denuncia un sesgo pro-acusación que debilita las garantías del proceso. El Fiscal dirige las diligencias, subordina a la Policía Judicial, aplica el principio de oportunidad y custodia los documentos, mientras que el Juez de Garantías sólo interviene en actuaciones puntuales.

Además, el Proyecto mantiene incoherencias funcionales, como atribuir a las oficinas judiciales la carga de transcribir grabaciones —en lugar de a las dependencias fiscales— sin prever el uso de herramientas de inteligencia artificial que ya podrían agilizar estos trabajos, pese a no implicar fe pública judicial.

Riesgos en la eliminación de las Audiencias Provinciales

El CNLAJ advierte que suprimir las Audiencias Provinciales supone perder décadas de experiencia y especialización. La sustitución por Tribunales de Instancia carece de base realista, ya que el Proyecto no incluye presupuestos, calendarios ni evaluación de impacto.
La experiencia demuestra que reformas semejantes sin planificación adecuada han generado colapsos operativos, y esta podría reproducir ese error, especialmente ante la sobrecarga que sufrirían los Tribunales Superiores de Justicia.

Conclusión: una reforma con riesgo de frustrar la justicia

En síntesis, el CNLAJ considera que el Proyecto de 2025 moderniza la forma, pero no el fondo.
Sin correcciones urgentes, la reforma puede frustrar la eficiencia judicial y erosionar derechos constitucionales, al mantener la dependencia del Ministerio Fiscal, la improvisación organizativa, el debilitamiento de la acción popular y la desigualdad entre las partes.

Recomendaciones del CNLAJ

El Colegio solicita al Parlamento —como órgano responsable de su aprobación— que el texto final incorpore:

  • Independencia real y efectiva del Ministerio Fiscal.

  • Restauración plena de la acción popular, con mecanismos de control frente a abusos, pero sin prohibiciones.

  • Automatización de transcripciones y actuaciones procesales, con apoyo en inteligencia artificial.

  • Claridad en cautelares, planificación presupuestaria realista y calendarios asumibles para la transición.

El CNLAJ subraya que una reforma de esta envergadura requiere consenso, rigor técnico y lealtad constitucional, evitando sacrificar la justicia en nombre de la prisa.

Puedes consultar aquí, el texto completo del informe presentado.

Modernizar sin garantías es retroceder. El CNLAJ seguirá defendiendo una justicia con independencia, equilibrio y servicio público.

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