EL LETRADO DE JUSTICIA DEBILITADO EN EL PROYECTO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

«Si bien se reconoce a los secretarios judiciales potestad decisoria en determinados procedimientos, su posición se ha visto deblitada en relación a la que se le confería en anteriores proyectos legislativo de jurisdicción voluntaria, con la opinión de la doctrina mayoritaria y con lo previsto en la LOPJ. Se trata de uno de los aspectos que habría que reconsiderar en la tramitación parlamentaria», así lo reclama el Catedrático y miembro de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Antonio Fernández de Buján, en un excelente artículo publicado en la tercera de ABC (que adjuntamos a esta noticia).

 

 

La exclusividad, que el proyecto acoge al atribuir las competencia en los expedientes desjudicializados a notarios y registradores, tampoco es vista con buenos ojos por el autor pues escribe «A mi juicio, lo correcto sería mantener la idea de alternatividad, dado que supone un beneficio para el ciudadano, que podría optar por acudir, con análogo grado de seguridad jurídica, ante la Oficina Judicial, presidida por el secretario judicial, de forma gratuita, al estar exenta la JV de tasas, o hacerlo ante un notario o registrador, cuando considere que el pago del arancel se vea compensado por razones de celeridad, proximidad o especialidad»

 

El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales no puede estar más de acuerdo con este Catedrático, que seguramente sea la persona que más conoce esta materia en España, y así lo ha hecho saber al Ministerio de Justicia, presentándole incluso un acuerdo con notarios en ese sentido. Ciertamente esperemos que el nuevo Ministro haga uso de su apuesta por el consenso con todos los colectivos y en vía parlamentaria introduzca las necesarias reformas para dar satisfacción al ciudadano, cada vez con menos posibilidades para acceder a una justicia a la que consideramos tiene derecho.

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