El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, recurrió en solitario a través de la Asociación Sindical de Secretarios de la Administración de Justicia, la Orden JUS1771/2011 por la que se aprobaba la RPT de determinadas NOJ del País Vasco. La Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia el 2 de julio de 2013 favorable a nuestras pretensiones, anulándola por no considerarla ajustada a derecho.
El Abogado del Estado y del País Vasco la recurrieron en casación ante el TS que ha dictado sentencia de 10 de octubre de 2014 inadmitiendo a trámite el recurso, quedando firme la sentencia y anulando una RPT de los Gestores, Tamitadores y Auxilios Judiciales que considerabamos que atentaba contra las funciones e intereses de los secretarios judiciales en la oficina judicial que se implantaba en determinados partidos judiciales del País Vasco.
Adjuntamos el texto de la sentencia.