Como sabéis la Circular 2/2.011 de la Secretaria General de la Administración de Justicia sobre “requerimientos telemáticos” estableció los embargos telemáticos con la AEAT y las cuentas a la vista en entidades bancarias
Si bien por cuestiones operativas sólamente entró en funcionamiento el embargo sobre las cantidades que la Agencia Tributaria tenga pendientes de devolver, quedando pendiente el de las cuentas a la vista. Según nuestras noticias en las próximas semanas dispondremos ya de la aplicación informática desarrollada por el Ministerio de Justicia, BANESTO y el Consejo General del Poder Judicial que nos permitirá para la práctica de los embargos telemáticos sobre esas cuentas.
Para llevarlo a cabo la orden se enviará desde la Cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales que, a través del Punto Neutro Judicial, las reenviará a las entidades bancarias. El sistema embargará las cantidades que existan en las cuentas a la vista hasta el límite máximo acordado, de modo que no será posible embargar más de lo previsto, pues se permite que de modo automático se genere el levantamiento del embargo sobre aquellas cantidades que sobrepasen lo ordenado por el secretario judicial. Es el sistema el que controla la entrada de cantidades y las entidades en la que se produce el embargq.
Como bondades del sistema debemos indicar que evita rechazos, pues el envío sólo puede hacerse a través de una cuenta-expediente abierta.y que las posibilidades de control son muy prácticas, ya que nos permitirá obtener listados y realizar búsquedas por NIF.
Sin duda alguna facilitará una tarea que tanto tiempo lleva a los Juzgados, al desaparecer el papel y realizarse un control automático.

