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¿ES URGENTE EL ESCRITO PARA LA PRÓRROGA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO?

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    Entradas
  • #14788
    Juan P
    Invitado

    Debemos entender que no, los plazos registrales están suspendidos desde el inicio del estado de alarma. De esta forma, si el 14 de marzo quedaba un mes para que operase la caducidad, una vez se alce dicho estado y se reanuden los plazos seguirá quedando ese mes. De forma que ese escrito no será urgente y deberá proveerse una vez finalice la actual situación.

    #14789
    Fernando Pérez Polo
    Invitado

    El artículo 42 Del Real decreto publicado en el boe de 18 de marzo establece expresamente la suspensión de los plazos de caducidad del Registro de la Propiedad durante la vigencia del estado de alarma. No es urgente , completamente de acuerdo con la anterior respuesta

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