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general

Hola a todos los compañeros. Soy un Secretario de Tercera Categoría que quiere exponer una situación injusta que en breves días se va a producir. La nueva promoción de Secretarios Judiciales de promoción interna va a finalizar su fase de formación este mes. En la oferta de plazas que se les va a hacer se incluirán plazas de segunda categoría, a pesar de las interpretaciones que muchos hicieron en contra de tal sentido. Yo no estoy disconforme con tal resolución pero sí que considero que es una situación injusta que yo, solo o con al ayuda de otros afectados , voy a impugnar . La razón de mi enfado es la siguiente. Yo entré en el Cuerpo de Secretarios nada más entrar nuestro reglamento actual en vigor, pero en aquel momento no se me ofertaron más que plazas de pueblos, ¿por qué si el reglamento es el mismo ahora se interpreta de otro modo?Además , al estar afectados por el cambio de regalmento, la promoción interna que aprobó en la misma convocatoria que la mía, la promoción XXIX, sabiendo de la entrada en vigor del Reglamento Orgánico del 2003, al haber tomado posesión en abril del 2003( un año casi antes que mi promoción), ya que su período de formación era mínimo ,apuró a ascender ya que no estaban congelados dos años( como sí lo estuvimos los de mi promicó, aún siendo opositores todos de la misma convocatoria), con lo que cuando yo tomé posesión en mi primer destino, el compañero de promoción interna de mi misma Orden de convocatoria de Oposición, la del 2001, no sólo era de segunda consolidada, sino que además ya llevaba medio año en una plaza de segunda categoría. Ahora se cambia el criterio de plazas a ofertar a las nuevas promociones , y se les oferta plazas de segunda categoría., imagino que las desiertas del anterior concurso. Pero se da el supuesto que hay plazas desiertas que yo, que me descongelé hace diez días, quiero pedir, y que llevo cinco años esperando conseguir porque son destinos que me convienen por motivos laborales y personales, y se las van a ofertar a personas con 300 números en el escalafón después que yo. Eso es justo?Pues compañeros que estéis en la misma situación que yo, os animo a unir nuestras fuerzas y reivindicar lo que creo que es un trato desigual a los que somos de tercera categoría y accedimos al cuerpo de secretarios judiciales después de la entrada en vigor del actual regalmento orgánico.En le foro nos podremos poner en contacto

Luis Miguel

REPLICA

La situación que planteas es fruto como bien dices de la interpretación de las autoridades ministeriales, es una decisión que ha afectado positivamente a unos y perjudicado a otros, en mayor o menor medida. Jurídicamente sabes y así lo dices que la única vía posible es el recurso a plantear por los que tiene legitimación en este caso, los afectados. Serán los tribunales los que den una vía interpretativa uniforme y única que evite que en futuras ocasiones se decida en otro sentido y sigamos careciendo de la necesaria seguridad jurídica. Eso es lo que esperamos todos.

COLABORACION DE UN COMPAÑERO:

MARIAN

Soy un Secretario de Tercera Categoría de la misma promoción que mi compañero Luis Miguel, a nuestra promoción y a las siguientes se nos negó la posibilidad de cubrir plazas de segunda categoría , se nos obligó a tomar plazas de tercera y estar en ellas congelados dos años, ahora se han ofrecido plazas de segunda categoría a Secretarios que acaban de aprobar( lo cual no me parece mal), entre ellas una plaza a la que yo pensaba optar en el próximo concurso,¿Si ellos van a poder consolidar tercera categoría en x años sin tener que trabajar en un Juzgado de dicha categoría voy a poder consolidar en x años segunda categoría sin trabajar en un Juzgado servido por magistrado?
Por otro lado veo bien que se discuta sobre la productividad pero considero que nos estamos yendo por las ramas, que me suban el sueldo base pues cada día cobro menos al lado de lo que cobran otros cuerpos(en determinadas comunidades el gestor cobra más que yo) ,que si tengo una entrada y registro cuando no estoy de guardia se me pueda pagar como horas extras o bien con días libres, que si me hago cargo de otro Juzgado por no haber titular me paguen más de lo que ahora pagan…
Finalmente considero que no es justo haber estudiado una oposición grupo A para estar haciendo palotes cada vez que hay estadística,registrando asuntos de violencia(además en el plazo de 24 horas!), notas de condena…(pues en teoría me dan productividad por ello ), boletines de sentencias de nulidad,separación o divorcio,arrendamientos urbanos (porque el Consejo ha llegado a un acuerdo con el instituto nacional de estadística,Consejo del que no dependo) y finalmente han nombrado un Fiscal que se encargará como primera medida de controlar mi horario!
Sinceramente en lugar de un grupo A, que ha estudiado 285 temas para acceder a este Cuerpo deberíamos llamarnos grupo JA,JA,JA pues cada día me encargo de más estupideces,y me da la impresión de que somos los más tontos de esta administración.
He pensado apuntarme a vuestra vocalía pues me hizo ilusión que os acordaraís de que existimos pero creo que esperaré a ser de segunda.

COLABORACION DE UN COMPAÑERO

ANONIMO

En cuanto a la anterior consulta de Luis Miguel , me gustaria decir:

1) La promción actual de secretarios judiciales es la primera que accede al cargo estando en vigor el actual reglamento orgánico 1608/2005. Es de 30 de diciembre y que yo sepa no se le ha aplicado a ninguna otra promoción.

2) La LOPJ establece tres categorias como es bien sabido primera , segunda y tercera. Quizá no sea tan sabido que el Reglamento de 2005 crea una cuarta categoría, la categoría inicial. Es decir esta promoción de inicio ni siquiera tendra la tercera consolidada. Que yo sepa los que os incorporasteis en 2003 os consolidaron la tercera nada mas entrar. Mientras que esta promoción tendrá que consolidarla por el transcurso de cinco años. Y partir de ahí empezar la consolidación de la segunda por otros cinco años o siete con interrupciones. Es decir estará 10 años en categoria tercera como mínimo.

3) El reglamento distingue entre categoria profesional y grupo al que pertenecen las plazas. Son cosas distintas y lo único que prohibe es que un secretario de tercera categoria ocupe plaza del grupo primero. Las demás combinaciones están permitidas.

4) Toda esta regulación es la primera vez que se aplica, y esta mas o menos es la interpretación que hace el ministerio del reglamento de 2005..

5) A cambio ya no hay ascenso forzoso. El anterior marco legal benefició a muchos y perjudicó a otros muchos. El que se quedaba en plaza de tercera se hundía en el escalafón hasta que recibía el fatídico telegrama , mientras que los que a las primeras de cambio hacían las malestas y se iban, al no congelarse en el primer destino. ascendían a segunda en el primer concurso y ascendian en el escalafón. Esta fue una situación denunciada por unos y que benefició a otros. Pero que en general no era querida por nadie.

5) Además si Luis miguel se ha descongelado hace 10 días , quiere decir que despues de su primer destino concurso voluntariamente, consiguió una plaza que había pedido y volvió a congelarse. No se pueden congelar también las plazas que se van produciendo como desiertas. La siguiente promoción de turno libre , a lo mejor para abril o mayo ,cuando pidan , tienen mejores plazas desiertas que esta promición de turno restringido . Sería justo que la promoción interna denunciase que se las ofreciran porque ellos están congelados y no han podido pedirlas? Yo creo que no.

Saludos

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