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Inminente aprobación de la Modificación del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

En el día de hoy nos han trasladado desde el ministerio de Justicia, en la reunión del Consejo del Secretariado celebrada en el Palacio de la Moncloa y a la que ha asistido el Ministro Bolaños, que va a aprobarse en el Consejo de Ministros de mañana, el Real Decreto, por el que se modifica el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Esta reforma, junto con la subida salarial que se ha producido desde el año 2023, es consecuencia del Acuerdo alcanzado por el Comité de Huelga con la Administración del Estado, gracias a la lucha de todos los compañeros, y concluye los trabajos que durante años se han desarrollado en el Ministerio de Justicia, en sucesivas reuniones con las asociaciones y con otros grupos de trabajo.

El texto final es fruto del consenso de todos, aunque, como es lógico, el Colegio hubiera querido llegar más lejos en muchos de los extremos tratados que finalmente no han pasado al texto.

El nuevo Reglamento supone la consecución de una serie de reivindicaciones históricas del Colegio, especialmente en favor de los compañeros que inician su carrera profesional y que ya se recogía en la Ley Orgánica del Poder Judicial: se suprime la anteriormente denominada cuarta categoría, por lo que todos los Letrados de la Administración de Justicia comenzarán a desarrollar sus funciones con la tercera categoría consolidada, evitándose así la existencia de miembros de este Cuerpo Superior Jurídico sin categoría.

Para adaptar esta importante novedad, se prevé la convocatoria en el mes de enero de un concurso de traslado en el que podrán participar todos los Letrados de Justicia que estén en plazas de tercera y posteriormente se adaptará el escalafón a la nueva realidad.

El texto incorpora un nuevo régimen de libranzas, otra de las históricas reclamaciones del Colegio. Nadie habló de libranzas en Justicia antes que nosotros.

Ahora se incorpora el derecho individual a las libranzas como consecuencia de sustituciones entre Letrados o Letradas de la Administración de Justicia motivadas por vacaciones, permisos, libranzas y licencias no retribuidas, que se compensarán con la concesión de un día de libranza por cada tres días de sustitución, con un máximo de cinco al año; y al término del servicio de guardia ordinaria, los Letrados de la Administración de Justicia podrán dejar de asistir al despacho el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables siguientes.

Es esencial que se haya incorporado la audiencia a las asociaciones profesionales de Letrados y Letradas de la Administración de Justicia con carácter previo a la toma de decisiones por parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que afecten a su estatuto orgánico, en los términos fijados en el Acuerdo que puso fin a la huelga. Así se recomendó en el informe del CGPJ y forma parte del derecho que estamos reclamando a la negociación colectiva propia.

Por ello las asociaciones tienen el derecho a ser oídas en todas aquellas cuestiones retributivas, estatutarias de organización de la oficina judicial o de modificaciones legales que afecten al servicio de los mismos.

Y se reforma el Consejo del Secretariado. Aun cuando no conocemos el texto final, el Colegio fue el único que destacó hasta la saciedad que la elección NO puede ser exclusivamente telemática. Las nuevas tecnologías no son incondicionalmente buenas y en este caso generan muchas dudas. Por ello, para hacer una valoración correcta, esperamos conocer el documento, y el informe del Consejo de Estado al respecto.

Se añaden muchas más novedades que tendremos tiempo de analizar, como la convocatoria mínima de dos concursos de traslado en cada año natural, lo que facilitará la movilidad de los compañeros además de seguridad y regularidad en las convocatorias, así como la publicación del escalafón anual; la incorporación de una excedencia especial para las Letradas víctimas de violencia de género, o un período de excedencia, de duración no superior a tres años, para atender al cuidado de un familiar. Igualmente, se modifica la composición de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas de ingreso. Y se revisa toda la regulación del régimen disciplinario.

Para facilitar el estudio y comprensión de todas estas novedades, estamos preparando una serie de Webinars formativos que serán puestos a disposición de los colegiados después de las fiestas navideñas.

 

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