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LAS CAUSAS DE DESAHUCIO EN LA NUEVA LAU.

LAS CAUSAS DE DESAHUCIO EN LA NUEVA LAU. DURACIÓN Y PRÓRROGAS. SUBROGACIÓN; CESIÓN DE VIVIENDAS; TÁCITA RECONDUCCIÓN; LA ENERVACIÓN, EN PARTICULAR EN LOS CASOS DE SUBROGACIÓN, CESIÓN Y DIVORCIO.

GEMA FERNÁNDEZ DE VERA RUIZ.
SECRETARIO JUDICIAL.

I. CAUSAS DE DESAHUCIO EN LA NUEVA LAU. El incumplimiento de las obligaciones.

El art. 27 de la nueva LAU, enumera los incumplimientos que dan lugar a la resolución del contrato de arrendamiento de fincas urbanas. De todas ellas, la única causa de incumplimiento que puede resolverse mediante el proceso especial y sumario de desahucio que regula la LEC de 2000, es la relativa a la falta de pago de las rentas o de las cantidades debidas por el arrendatario o por la expiración del término contractualmente fijado. Todas las demás controversias existentes entre las partes que superen lo expuesto, no podrán resolverse por medio de este procedimiento sino por el juicio ordinario conforme a lo dispuesto en el art. 249.6 de la LEC.

Comienza el art. 27 de la nueva LAU, tras la redacción dada por la Ley 29/94, de 24 de noviembre que :¨ el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el art. 1124 del C.C ¨

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