MEDIACIÓN: SE ELIMINA SU OBLIGATORIEDAD PARA ASUNTOS DE CUANTÍA INFERIOR A 6.000 EUROS

La Asociación Europea de Arbitraje publica en su web, el proyecto de Real Decreto ley de Mediación que ultima el Ministerio de Justicia, según el diario Expansión, elimina la controvertida obligación a acudir a la mediación para asuntos de menos de 6.000 euros, a la vez que incorpora la Directiva Comunitaria del 21 de mayo de 2008 sobre ciertos aspectos de la mediación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles.

Las principales características de la anterior Ley de Mediación eran:

  • Se establece para asuntos civiles y mercantiles en conflictos nacionales o transfronterizos. Se excluyen expresamente la mediación laboral, penal y en materia de consumo.
  • Someterse a la mediación será voluntario, excepto en los procesos de reclamación de cantidad inferiores a seis mil euros en los que se exigirá el inicio de la mediación, al menos, mediante la asistencia a la sesión informativa gratuita, como requisito previo para acudir a los tribunales.
  • Nadie estará obligado a concluir un acuerdo ni a mantenerse en el procedimiento de mediación.
  • La solicitud de inicio de la mediación interrumpe la prescripción o caducidad de acciones judiciales.
  • Se establece la configuración del acuerdo de mediación como un título ejecutivo equiparable a los laudos arbitrales y a tal fin se introduce en la Ley de Enjuiciamiento Civil las reformas precisas.

 

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