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Resumen de las alegaciones del CNLAJ a la convocatoria de oposiciones LAJ

CNLAJ ha presentado alegaciones al borrador de Orden de convocatoria de proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, del que se le ha dado traslado por el Ministerio de Justicia.

Además de algunas cuestiones menores, tres son las alegaciones fundamentales efectuadas por CNLAJ:

  1. Reiterar al Ministerio de Justicia la grave situación de infradotación de la plantilla que se producirá en los próximos años, de no aumentar considerablemente las plazas ofrecidas en las convocatorias, ante el fuerte incremento previsto de jubilaciones en los próximos cinco años. En CNLAJ calculamos que deberían convocarse al menos 340 plazas por año si se pretende evitar el problema.
  2. Necesidad de dotar de mayor regularidad a las convocatorias. Acumular anualidades, como sucedió con las de 2019, 2020 y 2021, o con la de 2022 y 2023 consiguen desincentivar notablemente las vocaciones opositoras, dada la incertidumbre y el desánimo que provocan. Las convocatorias deben ser anuales, y, en la medida de lo posible, en fechas fijas y estables.
  3. La convocatoria, para la Oferta pública de empleo de 2023 establece el mismo número de plazas para la promoción interna que para el turno libre, vulnerando con ello el límite de 30% establecido en el artículo 442 de la LOPJ.

Otras cuestiones alegadas en el informe del CNLAJ son:

  1. Impugnamos que el tiempo desempeñado como Gestor interino o por sustitución compute para los dos años de ejercicio mínimo para participar en la promoción interna.
  2. La conveniencia de que también Letrados de la Administración de Justicia de la segunda categoría con al menos 10 años en la misma, puedan ser Presidentes de los tribunales de la oposición, ante la dificultad para disponer de Letrados de la Administración de Justicia de primera categoría.
  3. La exención de parte del programa en la promoción interna debe recaer sobre aquellas materias cuyo conocimiento se haya acreditado suficientemente en las oposiciones de ingreso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, y no superar el 50% del temario.
  4. Valoramos muy negativamente que el baremo, en la promoción interna, disminuya la puntuación de la formación y el historial profesional, en detrimento de la antigüedad, pues son básicamente los primeros los que acreditan mérito y capacidad.
  5. Proponemos la descentralización del examen tipo test, en beneficio de los opositores.

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