REUNION EN EL MJ. OTRA CRONICA EXACTA.

El pasado 21 de julio tuvo lugar en sede ministerial una nueva REUNIÓN INFORMATIVA del Director General de Modernización, acompañado de distintos miembros de su equipo, con los representantes de las organizaciones de Secretarios Judiciales.

El orden del día incluía dos puntos básicos, el primero, relativo al proyecto de Nueva Oficina Judicial y Relaciones de Puestos de Trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, las RPT de los proyectos NOJ del País vasco, y el segundo, relativo a los avances en los proyectos del propio Ministerio de Justicia en la implantación de la Nueva Oficina Judicial en su territorio no transferido. En principio ningún otro punto del orden del día.

Como en muchas de las anteriores reuniones con las asociaciones de Secretarios Judiciales, con carácter previo a las mismas, NO se nos ha dado traslado de documento alguno, encargándose de recordar el Director General que dichas reuniones tienen carácter meramente INFORMATIVO, y por tanto, no negociador –como tantas veces hemos denunciado-, sin posibilidad real de negociar, solo de aportar y esperar la buena voluntad o providencia derivada de las más que irrefutables propuestas del CNSJ en dichas reuniones, como fuerza de razón.

NUEVA OFICINA JUDICIAL Y RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO DE SECRETARIOS JUDICIALES EN LAS CIUDADES PILOTO DEL PAÍS VASCO:
Tras haber sido negociada formalmente con los sindicatos generalistas en la mesa general de Justicia el pasado día 15 de julio –de la que según tenemos noticia los sindicatos acabaron levantándose-, el Ministerio de Justicia nos presentó las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los partidos judiciales de Eibar, Azpeitia, Amurrio, Getxo e Irún.

Aun cuando ello sea competencia de la Comunidad Autónoma, resulta inverosímil que este Ministerio no tenga conocimiento completo de la estructura general de Nueva Oficina Judicial diseñada por la Comunidad Autónoma del País Vasco, ni de las Relaciones de Puestos de Trabajo y funciones asignadas al resto de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Recordemos que la LOPJ en cuanto a la aprobación de Relaciones de Puestos de Trabajo remitidas por Comunidades Autónomas exige una aprobación inicial de las mismas, y su remisión al Ministerio de Justicia para su aprobación definitiva, tras la determinación por éste de los puestos asignados a los Secretarios Judiciales y la valoración de su adecuación a la legalidad. El Ministerio conoce el proceso, y además de transmitírnoslo por mera transparencia, tiene competencias para pronunciarse sobre la validez del modelo y el papel del Secretario Judicial dentro del mismo, de modo que, si no se adecuan a la distribución funcional entre cuerpos de la Administración de Justicia conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe denegarse su aprobación por simples motivos de legalidad.

Sin perjuicio de ello, y de nuestras advertencias, pudieron, no obstante, plantearse algunas conclusiones y cuestiones que tampoco pudieron ser resueltas por el Director General.

1.) Se denunció por el CNSJ el INCREMENTO MÍNIMO DE TRES PUESTOS DE SECRETARIOS JUDICIALES para las ciudades mencionadas, lo que resultaba absolutamente insuficiente a la vista de las iniciales experiencias de Nueva Oficina Judicial en País Vasco, ya puestas en marcha en estos partidos judiciales.

2.) Se denunció por el CNSJ la diferencia entre el COMPLEMENTO ESPECÍFICO de los Secretarios Judiciales directores de Servicios Comunes en Eibar y Getxo, inferior al correspondiente al del Secretario Judicial de UPAD con funciones compartidas de SCPGE (Servicio Común Procesal General y de Ejecución), de modo que el complemento del director del servicio –y superior jerárquico- acaba siendo menor al del segundo. La única respuesta a esta cuestión por parte del Director General fue la de que ello era ajustado a nuestro Real Decreto de Puestos Tipo… Parece que ahora empiezan a salir los agujeros de esta disposición que ya denunciamos públicamente, y que motivó nuestro recurso –en solitario- ante el Tribunal Supremo.

2.) Se denunció por el CNSJ la previsión de UPAD con funciones de ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, lo que supone que estos Secretarios Judiciales con funciones de ordenación del procedimiento cobrarán igual que los que estén destinados en UPAD sin ordenación del procedimiento, agravio que igualmente denunciamos en su día en relación al Real Decreto de Puestos Tipo y que ahora va a encontrar su primera traducción en la práctica, a pesar de que el Ministerio de Justicia prometió que esto no pasaría, y que nunca se consideraría como UPAD en las relaciones de puestos cuando éstas ordenaran el proceso y/o ejecutaran.

3.) Se denunció por el CNSJ el peligro que puede suponer la creación por el País Vasco de los llamados “GESTORES RESPONSABLES”, a los que se atribuirán puestos de trabajo directivos, o de jefatura de secciones en los servicios comunes, reduciendo en estos casos el papel de algunos Secretarios Judiciales a lo que se ha dado en llamar “SECRETARIOS PROCESALISTAS”, es decir, sin jefatura ni funciones directivas, y por tanto, presumiblemente –pues no disponemos de la relación completa de puestos-, por debajo funcionalmente de dichos gestores. Ante tal amenaza, la única respuesta del Ministerio al Colegio fue la confianza en que ello no ocurra.

Ante ello, el CNSJ se opuso a la aprobación de estas RPT, pero el DG recordó de nuevo que solo nos estaba informando. Deberemos por ello accionar de otra forma.

PROYECTOS QUE ESTÁ DESARROLLANDO EL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA EL DESPLIEGUE DE LA NOJ EN LAS CIUDADES DE LAS FASES I Y II DE PRÓXIMA IMPLANTACIÓN.
Por parte del Ministerio de Justicia, se continuó informando sobre los planes en marcha de implantación de Nueva Oficina Judicial en las ciudades –territorio del Ministerio de Justicia- de Burgos, Cáceres, Ciudad Real, Logroño, Murcia, Palma de Mallorca, Ceuta y Melilla, centrándose las actuaciones principalmente en Burgos y Murcia, con el objetivo de facilitar el proceso de gestión del cambio, el establecimiento de sistemas de gestión de calidad y el apoyo en la elaboración de los protocolos de actuación.

Así, entre estos planes en marcha se destacaron por parte del Director General:
– La implantación y contingencias del despliegue, para planificar y coordinar la implantación del nuevo modelo.
– La implantación del protocolo marco y sistema de gestión de calidad, para establecer mecanismos organizativos estandarizados en los servicios comunes procesales.
– La inspección a cargo del Secretario General de la Administración de Justicia y de los Secretarios de Gobierno en los servicios comunes.
– La migración de expedientes judiciales a la Nueva Oficina Judicial.
– La formación de la Oficina Judicial, Fase III, para el personal de la Oficina Judicial.
– La actualización y apoyo a la ejecución de resoluciones judiciales, que ya se desarrolla en Ciudad Real, Murcia y Cáceres, parcialmente en Ceuta y Melilla, y próximamente en Palma de Mallorca.
– El plan de liquidación de actuaciones en tramitación.
– El plan de contingencias en los servicios comunes procesales.
– El protocolo Marco de Actuación para la Nueva Oficina Judicial.
Y otros.

Y como más relevante, se ha apuntado por el Ministerio de Justicia la ampliación de la FORMACIÓN NUEVA OFICINA JUDICIAL E-LEARNING, y la continuación de los planes de Formación en Nueva Oficina Judicial, que será impartida también a los secretarios sustitutos y al personal.

En este punto de formación deberemos estar muy atentos, y esperamos que esa gran cantidad de recursos económicos que se anuncian por el Director General –cientos de miles de euros en sus palabras- no se destinen sólo a los territorios no transferidos por el Ministerio de Justicia en detrimento de los territorios trasferidos, así como se aclare en qué situación queda, o si con ello se da por sustituida o suprimida, la formación continua en el Centro de Estudios Jurídicos, cuya Dirección General hay que recordar fue suprimida hace semanas, no pudiendo olvidarse que el presupuesto de dicho organismo que ha de dedicarse a formación de los Secretarios Judiciales estén destinados donde estén.

OTRAS ASUNTOS:
Fuera del orden del día, el Director General de la Administración de Justicia tuvo especial interés en plantear otros asuntos, en los que resultó apoyado por los Secretarios Judiciales de las otras dos asociaciones asistentes a la reunión.

Así, el Director General –a la sazón presidente del Consejo del Secretariado– tuvo a bien plantear públicamente lo, en su opinión, ocurrido en este órgano consultivo, y la propuesta por este órgano, conforme a la previsión contenida en el art. 111 ROCSJ, de dos de los siete vocales integrantes de la Comisión de valoración prevista para los concursos específicos de méritos (algunos ya convocados).

Para quien no recuerde el art. 111 de nuestro ROCSJ, dicha comisión de valoración, la que resolverá los concursos de méritos de la Nueva Oficina Judicial –no los de libre designación- estará integrada por el propio Director General, dos funcionarios de la Administración General del Estado designados por él, dos Secretarios Judiciales a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas –las generalistas- y dos Secretarios Judiciales a propuesta del Consejo del Secretariado.

Pues bien, el Director General se permitió afirmar que la actuación de los vocales electos del Consejo del Secretariado no fue nada satisfactoria y no respondía a los principios de pluralidad, representación y proporcionalidad que esperaba, valoración que fue refrendada con entusiasmo por parte de las otras dos organizaciones de Secretarios Judiciales presentes en esta reunión, que llegan a dudar de la transparencia y honestidad de las decisiones que adopte la Comisión de Valoración, y de la propia legitimidad democrática de los miembros electos del Consejo, los cuales, parece olvidarse, fueron elegidos por todos los Secretarios Judiciales mediante votación democrática, libre, directa y secreta.

El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, no entrará a valorar las afirmaciones del Secretario General sobre esta cuestión, ni el asombro de lo que rodeó a la reunión; nuestra actitud será siempre la del respeto a todos y la defensa del colectivo. Pero, por supuesto, también de defensa de las decisiones de los únicos seis vocales elegidos democráticamente por todos vosotros. Y de defensa de los intereses profesionales de todos los Secretarios Judiciales, cuyo único ideal mueve todas y cada una de nuestras actuaciones.

Por ello, entrando en el fondo del asunto, además de la crónica sobre lo que realmente pasó en la reunión del Consejo, que podéis leer en la anterior noticia, hemos de recordar que para esa comisión de valoración de concursos de méritos –que no libre designación-, la propuesta del Ministerio fue la de elegir a Secretarios de Gobierno, que quieran o no son cargos de libre designación por el MJ, en lugar de elegir a dos Secretarios Judiciales de base más imparciales, que fue la propuesta de los vocales electos del Consejo del Secretariado. Y puestos a legitimar la decisión, nuestra opinión es que la mayoría de los Secretarios Judiciales profesionales coincidirán más con la propuesta de sus vocales electos que con la que pretendía el Director General, valoración, no obstante, que dejamos a la siempre inteligente y sabia opinión de todos y cada uno de los lectores de la presente noticia.

Finalmente y volviendo a la reunión, al final de la misma, preocupó mucho a otras organizaciones presentes, el proceso que se ha abierto para la percepción de las subvenciones económicas que el Ministerio de Justicia otorga a las organizaciones de Secretarios Judiciales, interesándose por la documentación y otros pormenores que les inquietaban. Nosotros solo pedimos del MJ, que también en este particular primen los principios de transparencia y pluralidad que permitan que cada organización perciba la subvención que corresponda conforme a las bases publicadas en el BOE.

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