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Cómo se trabaja en un juzgado distinguido por el Consejo General del Poder Judicial

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó el 5 de Julio pasado distinguir y felicitar a todos y cada uno de los integrantes del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Cádiz (en el que estoy destinado como Letrado de la Administración de Justicia) con motivo de la visita de Inspección presencial realizada  por el Consejo General del Poder Judicial a este Juzgado.

Por la Inspección se comunicó a la Comisión Permanente el excelente trabajo que se realiza y la buena situación del Juzgado lo que determinó que el presidente del Consejo General del Poder Judicial emitiese un comunicado en el que puso de ejemplo el juzgado para los que dedican su quehacer diario al servicio público y para que sirva de incentivo para continuar incrementando los niveles de calidad de nuestra justicia, en beneficio siempre de los ciudadanos. 

El objetivo de este POST es compartir con todos vosotros los MÉTODOS DE TRABAJO  que se utilizan en este juzgado: 

a) EL TRABAJO SE REALIZA CONFORME A LAS FUNCIONES LEGALES establecidas en el Artículo 476 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para los Gestores Procesales; Artículo 477 LOPJ para los Tramitadores Procesales y 478 LOPJ para los Funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial. Realizar lo que denominamos «trabajo a reglamento» es posible y además más eficiente que realizarlo de la manera tradicional, como se hace en la mayoría de los Órganos Judiciales pues el reparto del trabajo  no debe ser solo cuantitativo sino también cualitativo para cada Cuerpo de funcionarios. En este sentido, los Gestores confeccionan las resoluciones de trámite una vez transcurridos los plazos o cuando se presentan las demandas y escritos después de ser minutados por el LAJ y demás funciones legales: los Tramitadores elaboran los documentos, actas, diligencias, notificaciones, etc.  relativos a la resolución dictada y demás funciones legales; el funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial realiza las demás funciones como orden en las vistas, archivo, correspondencia, etc.

El Letrado de la Administración de Justicia minuta todas las demandas y escritos, en lo que se refiere a su competencia, realiza tasaciones de costas, extiende mandamientos de devolución, realiza la estadística, etc. y el Magistrado realiza todas las funciones de su competencia: dicta sentencias, autos, providencias, celebra vistas, etc. Es decir, es una forma de trabajo en equipo -como la «cadena de montaje» de una fábrica- en la que todos somos interdependientes, pero que realizamos estrictamente las funciones que legalmente nos corresponden. En ella, ningún eslabón de la cadena puede fallar.

b) DISTRIBUCIÓN EQUITATIVA DEL TRABAJO entre los tres grupos de funcionarios -Gestores, Tramitadores y Auxilio- por el Letrado de la Administración de Justicia;

Hay 2 Gestores Procesales: 

Gestor 1) le corresponden los procedimientos terminados en número impar.

Gestor 2) le corresponden los procedimientos terminados en número par.

Hay 4 Tramitadores:                 

Tramitador a) le corresponden los procedimientos terminados con los números 1, 2 y 3 precedido de par. 

Tramitador b) le corresponden los procedimientos terminados con los números 3 precedido de impar, 4 y 5. 

Tramitador c) le corresponden los procedimientos terminados con los números 6, 7 y 8 precedido de par. 

Tramitador d) le corresponden los procedimientos terminados con los números 8 precedido de impar, 9 y 0. 

Hay un único funcionario de Auxilio Judicial.

Ese reparto evita enfrentamientos entre los funcionarios, dado el reparto de trabajo equitativo. Así mismo, otorga claridad sobre lo que corresponde a cada uno y coordinación con los dos gestores.

c) SUSTITUCIONES DIARIAS ANTE LA FALTA DE UN FUNCIONARIO, repartiendo equitativamente su trabajo entre los restantes de su grupo. Este es el punto fundamental. Cuando un funcionario se da de baja o su plaza queda vacante, tarda varios meses en ser cubierta la misma por la Consejería de Justicia. Los procedimientos que tramita ese funcionario no pueden quedar sin tramitar, porque el ciudadano no tiene que soportar que su procedimiento lo tramite ese funcionario que este de baja, además de la responsabilidad que asume el LAJ. Al repartirse los procedimientos entre los demás compañeros de su grupo, si estos pueden realizar todo ese trabajo no hay problema, y si no pueden realizarlo todo, el trabajo se retrasará por un igual entre todos los procedimientos del Juzgado. Por otro lado, cuando el funcionario que ha estado de baja regresa a su trabajo, no se encuentra su negociado lleno de procedimientos atrasados.

En concreto, en este Juzgado:

Los 2 Gestores Procesales: cuando se ausenta uno de ellos, el que queda asume también los procedimientos del otro Gestor Procesal. 

Los 4 Tramitadores:  

Tramitador a) que le corresponden los procedimientos terminados con los números 1, 2 y 3 precedido de par (cuando se ausenta, el terminado en 1 lo asume el tramitador b), el terminado en 2 el tramitador c) y el terminado en 3 precedido de par el tramitador d).

Tramitador b) que le corresponden los procedimientos terminados con los números 3 precedido de impar, 4 y 5 (cuando se ausenta, el terminado en 3 precedido de impar lo asume el tramitador c), el terminado en 4 el tramitador d) y el terminado en 5 el tramitador a).

Tramitador c) que le corresponden los procedimientos terminados con los números 6, 7 y 8 precedido de par (cuando se ausenta, el terminado en 6 lo asume el tramitador d), el terminado en 7 el tramitador a) y el terminado en 8 precedido de par el tramitador b).

Tramitador d) que le corresponden los procedimientos terminados con los números 8 precedido de impar, 9 y 0 (cuando se ausenta, el terminado en 8 precedido de impar lo asume el tramitador a), el terminado en 9 el tramitador b) y el terminado en 0 el tramitador c).

El único funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial es sustituido por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de los demás Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme a un cuadro de sustituciones.

d) CONTROL SEMANAL DEL ESTADO DE ASUNTOS PENDIENTES, a través del sistema informático de Gestión Procesal Adriano. Los estados y fases están actualizados permanentemente. Se establece la «descripción» del estado del procedimiento cada vez que se provee en el procedimiento. Ello permite realizar alardes de estado de los procedimientos en trámite, de forma inmediata. 

e) SEÑALAMIENTO DE JUICIOS Y PRUEBAS para celebrar en 1 o 2 meses.

f) REPASO DE LOS JUICIOS Y PRUEBAS SEÑALADOS y comprobación de citaciones, comunicaciones, etc. y de recepción del expediente administrativo con quince días de antelación al juicio -llamando incluso por teléfono- lo que evita la suspensión de los juicios.

La consecuencia de todo ello es que ésta Oficina Judicial se rige por los criterios de agilidad, transparencia, eficacia y eficiencia, que posibilita una respuesta rápida, eficaz, eficiente y de calidad a las demandas de los ciudadanos y, como elemento instrumental, facilitar que se lleve a cabo una efectiva tutela judicial con las resoluciones del Magistrado.  

 

Miguel Ángel Bragado Lorenzo

Letrado de la Administración de Justicia del

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Cádiz

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