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CONCLUSIONES DE LAS XXXV JORNADAS DE LA FE PÚBLICA JUDICIAL DE ALMERÍA

Reunidos en la Ciudad de Almería, los integrantes del Ilustre Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia hemos alcanzado las siguientes CONCLUSIONES:

1.- Cualquier régimen democrático necesita ineludiblemente que se garantice el Estado de Derecho y para ello la independencia del Poder Judicial debe estar asegurada. Los ataques velados al Poder Judicial y a su independencia por parte de los otros dos poderes del estado, comprometen seriamente nuestra democracia y las garantías y derechos de los ciudadanos.

2.- En la ya necesaria renovación del CGPJ debemos estar presentes los Letrados de la Administración de Justicia en nuestra calidad de juristas de reconocido prestigio y directores de todas las oficinas judiciales. La excelencia del trabajo realizado por quienes siendo Letrados de la Administración de Justicia han sido vocales del CGPJ acredita el acierto de su designación.

3.- La inteligencia artificial es ya una realidad, cada vez más presente en el día a día, y la Administración de Justicia no puede permanecer ajena a ella si quiere responder a ese concepto de “justicia tecnológicamente avanzada” al que se refería la Carta de Derechos del Ciudadano ante la Justicia. Pero debemos alertar ante la posibilidad de que el ansia de innovación no haga que las Administraciones prestacionales abandonen proyectos muy necesarios, básicos, diríamos, para el funcionamiento de la Administración de Justicia, como la estadística automatizada o el trasvase automático de datos a SIRAJ.

4.- Especialmente cautelosos debemos ser ante la llamada inteligencia artificial generativa, para dejar muy claro que llega para ayudar, nunca para sustituir, ya que la última decisión sobre su utilización y sus consecuencias debe ser siempre una decisión humana. Debe además proclamarse la más elevada neutralidad de dicha inteligencia artificial, sin sesgos que puedan generar resultados injustos o discriminatorios. La inteligencia artificial puede tener, en cambio, un importante campo de aplicación en las actuaciones automatizadas y proactivas definidas en el artículo 56 del Real Decreto Ley 6/2023.

5.-Los Letrados de la Administración de Justicia dirigimos todas las oficinas judiciales y vertebramos la Administración de Justicia en todo el territorio nacional. El ministerio de Justicia debe ser consciente de ello y reconocer a los LAJ su carácter de directivo público. La implantación de las políticas de Justicia puede y debe partir de la estructura organizativa de los Letrados de la Administración de Justici.

6.- La reforma de la LOPJ que se plantea por el Gobierno para la puesta en marcha del Tribunal de Instancia, olvida la reorganización de la oficina judicial. Deben mantenerse los principios del Pacto de Estado que dio paso a la reforma de 2003, y la articulación de un proceso de acoplamiento razonable.

7.-La mejora del proceso de ejecución se debe orientar por el mismo camino que el resto de fases del proceso: puesta en marcha de mecanismos tecnológicos y reorganización de la oficina judicial. El Servicio Público de Justicia no puede privatizarse, en detrimento de principios esenciales del proceso, como el de igualdad, gratuidad, imparcialidad, seguridad jurídica y legalidad.

8.- El uso de las nuevas tecnologías y la digitalización de los procesos judiciales requiere el complemento del teletrabajo. Deben retomarse cuanto antes los trabajos para hacerlo efectivo.

9.-Los Letrados de la Administración de Justicia son pieza clave para garantizar los derechos de las víctimas del delito en los procedimientos judiciales. Las novedades que introduce el Real Decreto 6/23 sobre nuevas tecnologías al servicio de la eficiencia digital y procesal amparan a las víctimas más vulnerables como menores, personas con discapacidad o mujeres denunciantes de violencia de género. En la implantación de tales medidas la implicación del LAJ supone una garantía para el acceso de todas estas víctimas a la justicia.

10.- La fe pública judicial identifica a los Letrados de la Administración de Justicia, como autenticos garantes de la documentación electrónica de los expedientes judiciales. La autenticación de la grabación de las actuaciones orales mediante firma electrónica del Letrado Judicial, garantiza los derechos procesales de los profesionales y de los justiciables.

Dado en Almería a 7 de junio de 2014 Iltre. Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia

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