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Letrados de la Administración de Justicia

EL COVID-19 Y EL DESCONCIERTO

En el enfrentamiento a esta crisis sanitaria, el Colegio, por pura responsabilidad, está convencido y queremos seguir manteniendo una fuerte lealtad institucional, y una oferta abierta, clara y sincera de colaboración con las autoridades que nos gobiernan, en una unidad de acción, que es el único medio de atajar radicalmente la epidemia que nos agrede a toda la sociedad. Pero es cierto que esa colaboración precisa de una comunicación, información y dialogo que demanda cauces posibles, más allá de ir conociendo las decisiones puramente organizativas cuando ya están tomadas.

La unidad de acción exige la unidad de mando, que está decidida en la declaración de estado de alarma, para ubicarse en el Gobierno de la nación, y afecta también a la Justicia. Y esta unidad de mando es el único medio de alcanzar homogeneidad de acción, y seguridad jurídica en administrados y servidores públicos.

La perplejidad se ha apoderado de los miembros de un colectivo tradicionalmente, y hoy, aún más, responsable y cabal. Hemos asistido a una organización caótica de servicios esenciales y mínimos, sin criterios de actuación. Nuestros superiores en unas provincias, sin escucharse, ni a los afectados ni a las Asociaciones, han impuesto unos servicios rotatorios por días, en algunos lugares, y en otros por semanas. Como todos somos conscientes, el riesgo de estos últimos es inaceptable pues coincidirán con funcionarios y jueces que rotan por días, con una sobreexposición injustificada.

Lo hemos puesto de manifiesto a distintos secretarios de gobierno para que lo eleven a nuestro Secretario General.  Hoy el Secretario de Estado, junto a las CCAA, han dictado instrucciones estableciendo turnos rotatorios diarios por lo que, entendemos, las resoluciones de los SeCoPr estableciendo turnos por semanas quedan sin efecto y deberán fijar turnos rotatorios diarios (Disposición tercera de la  Instrucción del  Secretario de Estado de Justicia).

Pero, como hemos dicho, y lo que causa mayor perplejidad, las CCAA, tras negociar con los Sindicatos de funcionarios, están dictando instrucciones en las que, como dijimos en la anterior nota, encomiendan a los Letrados de la Administración de Justicia la distribución de los turnos y la asignación concreta de los funcionarios dependientes de esas administraciones prestacionales, y dentro de los límites que imponen; pero aún más, incluso la gestión de los excluidos por ser personal de riesgo, echando sobre nuestras espaldas conocimientos médicos, y atribuciones de jefatura orgánica, que no nos ha encomendado nadie. Se nos impone una obligación directamente sin utilizar el cauce de la colaboración establecida en la LOPJ, que demanda intermediación por vía Secretario de Gobierno, de modo que se articule a través de nuestros superiores, siendo que en muchos territorios, éstos se ven en la tesitura, pensemos en el mejor de los casos, de «rebotarnos» esas resoluciones haciendo dejación de sus funciones.

Es cierto que estamos ante un Estado de Alarma, que incuestionablemente debemos colaborar para que todo funcione lo mejor posible, pero vemos inaceptable que la colaboración no nos venga exigida por el Secretario General, los Secretarios de Gobierno o los Secretarios Coordinadores. El control del estado excepcional actual le corresponde al Gobierno de la Nación, a través de los ministros designados, pero no a las Administraciones prestacionales autonómicas, a las que el Decreto no les ha otorgado competencia alguna sobre nuestro colectivo. A este paso nos dará las ordenes quién menos nos pensemos, y no será nuestro Secretario General, a quien nuevamente pedimos tome las riendas de tanta sinrazón, homogeneice y ordene actuaciones sin permitir que de quien no dependemos abuse de la jerarquía y de nuestro colectivo. Un colectivo que aún hoy sigue esperando las medidas físicas de protección que hemos demandado, especialmente para quienes más arriesgan en las guardias, los penales…; y la reconsideración de unos servicios mínimos de Letrados tan excesivos para la real actividad esencial acordada en aquellos otros órdenes, que bien podrían actuar por disponibilidad o telemáticamente en una Justicia que se hace llamar avanzada y que ahora ha de ponerse al servicio de la salud.

 

 

 

 

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