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SUSPENDIDO CAUTELARMENTE EL CONCURSO DE MÉRITOS DE LA ÚLTIMA CONVOCATORIA DE ACCESO POR TURNO LIBRE A LAJ

La Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia (CNLAJ) en el que se solicitaba la suspensión cautelar de la de la Orden JUS/1318/2022, de 27 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre al Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia por el sistema de concurso de méritos.

La citada Orden, impugnada por el CNLAJ, atentaba contra el principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad para acceder a la función pública modificando el sistema de acceso ordinario (oposición). Además, desde el Colegio Nacional de Letrados Judiciales se ha recordado que la propia Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece, de manera literal, que “los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia serán seleccionados mediante convocatoria del Ministerio de Justicia, a través de los sistemas de oposición”.

Esta convocatoria suponía, además de ignorar el duro esfuerzo de los opositores de turno libre para acceder a un Cuerpo Superior de la Administración de Justicia, una clara falta de resolución por parte del ministerio de Justicia ante cuestiones relativas a los Letrados de la Administración de Justicia, así como el planteamiento de un concurso de méritos que se aleja del difícil examen que se exige para el resto de ciudadanos y que perjudica seriamente la calidad del proceso selectivo.

La flexibilización de los procesos selectivos de ingreso a un Cuerpo Superior Jurídico (A1, escala administrativa más alta) supondría la apertura de una vía muy peligrosa de acceso a la Administración abriendo la puerta al predominio de la subjetividad a la hora de la valoración de los méritos.

Con ello se compromete el cumplimiento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que comprometió España con las instituciones europeas, establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero de 2021.

Lo que debe hacer el Ministerio es convocar cuanto antes la oposición correspondiente a la oferta de empleo público de 2022, que aún sigue esperando.

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