INFORME DEL CGPJ A LA LEY DE TRIBUNALES DE INSTANCIA: APARTADO SOBRE NUESTRAS CATEGORÍAS
Como os anunciamos en noticias anteriores, tras el mantenimiento de múltiples entrevistas que está realizando el Colegio, sobre los proyectos de ley en trámite, se incardina la Ley de tribunales de instancia y el aprtado incluido en la misma relativo a la reforma de nuestro régimen de categorías. fruto de todo ello, es muestra el informe del CGPj a dicha ley, que en síntesis manifiesta lo siguiente:
Extracto del “INFORME AL ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA POR
“2.2.3. Cuerpo de Secretarios Judiciales
En términos de
El nuevo tenor del artículo 441.3 prevé la posibilidad de consolidación de la segunda categoría de los secretarios con trece años de servicio en puestos de trabajo correspondientes a cualquier categoría.
Y en lo atinente a la tercera categoría, la consolidación exige el desempeño de puestos de trabajo correspondientes a dicha categoría o superior durante tres años.
La consolidación de una categoría es requisito necesario para comenzar a consolidar una superior (artículo 441.4).
A juicio de este Consejo, sería conveniente eliminar el requisito de desempeño de puesto de trabajo por espacio de tres años para consolidar la tercera categoría, bastando con la toma de posesión en el cargo para que tuviese lugar dicha consolidación, no ligada a efectos retributivos.
El Anteproyecto introduce en
Os adjuntamos el texto completo del informe para vuestro exacto conocimiento.
Por nuestra parte, seguimos en la pugna por un sistema justo de categorías, os seguiremos informando d elos siguiente spasos que daremos, muy muy pronto.