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ABORDADA LA REFORMA DE LA LOPJ EN LA ÚLTIMA REUNIÓN ENTRE EL MINISTERIO Y LAS ASOCIACIONES

Como estaba previsto se ha celebrado, hoy 11 de septiembre, la reunión a la que el Ministerio de Justicia había convocado a nuestras Asociaciones. El Colegio Nacional de Secretarios Judiciales estuvo representado por el Director de la Comisión de Estudios e Informes. Por su parte del Ministerio acudió representado por el Subdirector General de Programación de la Modernización, asistido de varios asesores.

 

 

Con esta sesión el Ministerio da por concluidas las reuniones que se han venido celebrando en los últimos meses para abordar el estudio de los Borradores de los proyectos de Ley Orgánica del Poder Judicial y nuevo Código Procesal Penal.

 

El CNSJ ha defendido firmemente los intereses de los Secretarios Judiciales, haciendo valer los documentos realizados por nuestra Comisión de Estudios e Informes, en los que se han tenido en cuenta las aportaciones que nos habéis hecho llegar. Durante casi un hora  nuestro

 

representante expuso ante el Ministerio nuestro informe  en el que se ha propuesto  un texto alternativo razonable y fundado frente al borrador abordado.  Colegio y Ministerio continuaron debatiendo proyectos y alternativas.

 

hemos insistido en la necesidad de que el nuevo proyecto, mantenga la filosofía y postulados de la LO 19/03, asegurando para los Secretarios judiciales su unidad de actuación y dependencia jerárquica, como camino óptimo para conseguir la homogeneización de la organización y funcionamiento de las oficinas judiciales, dotando así a la Justicia de la deseada y reclamada unidad de mando en la acción y organización, de tal manera que pueda hacerse una verdadera política judicial de Estado a través del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales.

 

            Entendemos, y así se lo hemos hecho saber al Ministerio, que es imprescindible introducir mecanismos para lograr la necesaria coordinación entre el Tribunal de Instancia y la Oficina Judicial, procediendo a la modificación de aquéllos artículos del borrador que por su literalidad puedan ser malinterpretados por quien quiera desconocer esta idea, y busque la desorganización, la falta de homogeneidad o la implantación de proyectos personalistas.

 

En este sentido se han propuesto redacciones alternativas a los preceptos del Borrador que más dañan nuestros intereses y competencias, como el artículo 143, o los artículos 272 y ss.

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