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COMUNICADO DEL COLEGIO NACIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES

COMUNICADO

 

 

            Ante la situación actual generada por la aprobación de medidas de recorte en nuestras retribuciones, y la falta de información sobre las reformas en marcha sobre nuestra carrera profesional, el Ilustre Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, en el ejercicio de su legítima representación, quiere informar a sus colegiados y simpatizantes del estado actual de las reformas y de las medidas adoptadas por la organización, o las que están en marcha, solicitando, al propio tiempo, a todos vosotros, que nos hagáis llegar cualesquiera ideas, propuestas, sugerencias o acciones que consideréis útiles para la adecuada defensa de nuestros intereses profesionales.

  

INFORME

  

I.

Efectos del Real Decreto-Ley 20/2012, de Medidas

para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y

de fomento de la Competitividad

 

              El Real Decreto-Ley 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, dictado por el Gobierno, sin posibilidad de negociación alguna con ningún Ministerio ni asociación, organización o sindicato de funcionarios públicos, ha acordado las siguientes medidas, de aplicación general a toda la función pública: 

              1.) SUPRESIÓN de la paga extraordinaria de diciembre de 2.012 (art. 2).

               La razón por la que la forma de descuento de dicha paga extraordinaria es diferente para las carreras judicial y fiscal, y para el cuerpo de Secretarios Judiciales, se encuentra en el art. 3 del propio RDL, que se ha producido así por virtud de existir para los jueces una regulación en la Ley específica de retribuciones que tienen Jueces y Fiscales, y para nosotros, otra normativa, en la regulación de nuestras retribuciones en un artículo y apartado distinto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En virtud de ello, y correspondiendo la decisión de dicha forma de descuento al Ministerio de Hacienda, y no al Ministerio de Justicia, se ha decidido por el Gobierno hacerlo como se ha hecho.

              No aceptamos el sistema elegido, y así lo hemos hecho saber al Ministerio desde el primer día, poniendo en su conocimiento la necesidad de adaptar la retención del IRPF a la nueva situación, y la necesidad de ser consciente del reduplicado esfuerzo que para los compañeros significa esta medida, más a los compañeros de la tercera categoría cuyos salarios son los más reducidos, y con ello, hemos demandado medidas de minoración del efecto, de algunas de las cuales os informamos en este documento.

  

            2.) Reducción de los DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES Y otros permisos (Art. 8).

             Se modifican los arts. 48 y 50 del Estatuto Básico del Empleado Público,  aplicable subsidiariamente a Secretarios Judiciales y funcionarios de la Administración de Justicia, reduciendo los días de asuntos particulares en la función pública de SEIS a TRES, así como la duración de OTROS PERMISOS y licencias, entre ellos la supresión de los días adicionales por antigüedad.

             En cuanto a los días de ASUNTOS PARTICULARES, en el caso de los Secretarios Judiciales, los mismos se regulan en la actualidad, igual que los del resto de los funcionarios al servicio de la Administración Pública, en los arts. 444 y 503 LOPJ, por lo que estamos atados en cualquier vía de modificación a los permisos de la función pública de justicia, y la función pública en general. Y es que no solo para su reducción es necesaria la aprobación de la correspondiente reforma de la LOPJ, sino que para obtener alguna mejora, también es ésta la única vía.

            Como dicha reforma, como es sabido, no negociada, se aplica a los Secretarios Judiciales como consecuencia de lo dispuesto en el art. 444.1 LOPJ, (por el que se establece que nos son de aplicación los mismos derechos y deberes que los demás funcionarios públicos al servicio de la Administración de Justicia, y subsidiariamente, la legislación general sobre la función pública, en particular, el citado Estatuto Básico del Empleado Público), el Ilustre Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, a diferencia de otras asociaciones y sindicatos de Secretarios Judiciales, viene defendiendo más ahora si cabe que antes, en solitario, que nuestro estatuto profesional debe ser específico, y partir de que debe asimilarse, por nuestras funciones y responsabilidades, a todos los efectos, al de la Carrera Judicial, y no al de la función pública en general. Por este camino, demandamos del Ministerio generar, y así lo hemos reclamado ya, un estatuto propio y adaptado a nuestra esencia y función, y por supuesto a nuestra condición Directiva.

             Es por ello, por la imposibilidad legal práctica de conseguir la modificación de la reducción de permisos que se nos ha impuesto al Cuerpo de Secretarios Judiciales, mientras no se separe la regulación de nuestro estatuto profesional, por lo que dicha modificación, hoy por hoy, debe seguir la suerte de todos los funcionarios de justicia, y afectaría o beneficiaría a todos los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. lo que genera un evidente e importante obstáculo.

             Por todo ello, hemos demandado medidas como las que indicamos al final de este documento.

 

 

            3.) REDUCCIÓN DEL PAGO DE RETRIBUCIONES EN CASO DE INCAPACIDAD TEMPORAL (art. 9.2 y DF 12ª):

             Estas reducciones –50% los tres primeros días de baja, el 75% hasta el vigésimo día en caso de contingencias comunes, no profesionales- son también de aplicación a toda la función pública, y afectan, no sólo al Cuerpo de Secretarios Judiciales y a los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, sino también a las Carreras Judicial y Fiscal.

             Estas reducciones se mitigan en el caso de contingencia profesional. Por ello, hemos demandado medidas como las que indicamos seguidamente en este documento.

  

II.

ACCIONES públicas EMPRENDIDAS POR EL

COLEGIO NACIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES

 

            Desde el inicio de los recortes, el Ilustre Colegio Nacional de Secretarios Judiciales ha llevado a cabo las siguientes acciones:

             1.) Desde el principio, sumarse a las reacciones emprendidas -por estar en ella integrado el Colegio, junto a abogados del estado, diplomáticos, letrados de cortes, etc, – por la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE CUERPOS SUPERIORES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (FEDECA), que, tras la celebración de una Junta General extraordinaria, aprobó un comunicado EL PRIMERO PUBLICITADO POR CUALQUIER ORGANIZACIÓN DE LA FUNCION PUBLICA SUPERIOR, con la adopción de una serie de medidas de rechazo, recurso y protesta, incluido el recurso del RDL 20/12, y exigiendo una reforma real de la función y el sector público. Comunicado que fue publicado en la web del CNSJ con fecha 20 de julio de 2012. FEDECA manifestó que era insoportable, que las últimas medidas adoptadas por el Gobierno han supuesto un nuevo, reiterado e injustificado recorte a los sueldos, a las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos y lo que es más grave, se ha atentado a nuestra dignidad, y todas estas medidas se han venido justificando socialmente mediante una campaña de desprestigio, y exigió su retirada. A lo que el Colegio añadió las especiales reincidencias que con los secretarios judiciales se producía con estas medidas.

             Estas protestas, en unión a FEDECA y en relación con protestas de otros colectivos, se reprodujeron en noticias posteriores en nuestra web, de fechas 24 y 27 de julio, 1 y 4 de agosto, y 10, 20 y 23 de septiembre pasados, noticias y comunicados del Colegio que todavía podéis consultar en nuestra página. Y todo ello trasladado con firmeza desde el primer día al Ministerio de Justicia, en constantes y reiteradas comunicaciones de la dirección del Colegio.

  

            2.) No sumarse a las protestas de las ASOCIACIONES JUDICIALES y de FISCALES, por reclamar éstas reivindicaciones específicas de sus profesiones, muchas de las cuales chocan frontalmente con los intereses profesionales del Cuerpo de Secretarios Judiciales, no estando dispuestos a jugar, dentro de ellas, el sempiterno papel de convidados de piedra, en unos grupos profesionales que legítimamente mueven sus pasos conforme a sus intereses, pero que desde hace tiempo rechazan o ponen en duda la NOJ y muchas de nuestras competencias profesionales.

             Los Jueces y Magistrados se reunieron en juntas, y en ellas, en síntesis, formularon las siguientes propuestas:

  1. La paralización de la reforma del Consejo General del Poder Judicial por considerar que afecta a su independencia.
  2. El mantenimiento de su estatuto profesional regulado en la LOPJ, basado en la singularidad de su función.
  3. La convocatoria de oposiciones de Jueces y Fiscales, con las plazas que quedaron vacantes en las anteriores convocatorias.
  4. Mejoras legislativas, que compensen las dificultades presupuestarias, destinadas a mitigar el actual colapso judicial.

             Como puede verse dichos intereses, defendidos en gran medida a través del CGPJ, difieren o desconocen, en gran parte, nuestros intereses profesionales, no conviniendo a los Secretarios Judiciales hasta tanto no logremos una verdadera reforma de nuestro estatuto profesional, desligado del resto de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, por el que luchamos.

  

            3.) Intentar la UNIDAD con el resto de ASOCIACIONES y SINDICATOS DE SECRETARIOS JUDICIALES, no alcanzada hasta la fecha, con la UNIÓN PROGESISTA DE SECRETARIOS JUDICIALES porque, manteniéndose con la misma contactos telefónicas desde hace semanas con ese fin y a nuestra iniciativa, sin previo aviso, decidió en estrategia unilateral la publicación de su noticia del pasado de septiembre indicando que invitaban a los demás a unirse a sus planteamientos que pasan por la unión a jueces y fiscales; y, aun sin esta actitud, con el SINDICATO INDEPENDIENTE DE SECRETARIOS JUDICIALES, deberá superarse las dificultades de planteamientos de base que se genera por cuanto el mismo defiende posiciones de secretarios sustitutos que creemos deben estar fuera de los planteamientos de una organización de secretarios judiciales como la nuestra, incluida la asimilación de nuestro estatuto profesional con el de todos los funcionarios públicos, sin distinción ni reconocimiento de especialidad. De todas formas continuamos buscando el cierre de puntos comunes con estas organizaciones.

             4.) Continuar, con lealtad y responsabilidad, las NEGOCIACIONES con el actual MINISTERIO DE JUSTICIA, con el cual se vienen manteniendo frecuentes contactos, elevando propuestas e informes, presentando escritos por el Colegio, en pos de una verdadera reforma de nuestro ESTATUTO PROFESIONAL, muchas de las cuales esperamos puedan fructificar en los próximos meses con la aprobación de las correspondientes reformas legislativas.

 De no ser así, os lo comunicaremos de inmediato y a tiempo de adoptar las medidas que se consideren oportunas.

 

 

III.

REIVINDICACIONES del

COLEGIO NACIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES

 

            El Ilustre Colegio Nacional de Secretarios Judiciales continúa defendiendo un verdadero reconocimiento de nuestro Estatuto Profesional que acabe con las discriminaciones profesionales que venimos padeciendo, y reconozca nuestras actuales funciones procesales y directivas, reformas que, en la mayoría de los casos, exigen la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y nuestro Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

            Para ello, se viene interesando y proponiendo del actual Ministerio de Justicia las siguientes cuestiones, que entendemos deben conocer nuestros colegiados y simpatizantes, y sobre las que esperamos daros buenas noticias en próximas fechas:

            1.) La REFORMA DEL SISTEMA DE CATEGORÍAS, que se encuentra ya avanzada conforme a las promesas reiteradas del Ministerio de Justicia, la primera en nuestro Congreso de Pontevedra, y para que se nos aplique el sistema de la Carrera Judicial, lo que conllevaría, principalmente, la atribución inicial de la tercera categoría, la desaparición de la consolidación, para pasar a un régimen de adquisición por toma de posesión. Reforma muy avanzada ya con el MJ.

            2.) La REFORMA DE NUESTRO RÉGIMEN DISCIPLINARIO, para equipararlo a los de la Carrera Judicial y Fiscal, asimilando los respectivos catálogos de sanciones, y adaptando la tipificación de nuestras faltas a nuestra condición funcional procesal y directiva. Reforma muy avanzada ya con el MJ.

            3.) El establecimiento de una VERDADERA CARRERA PROFESIONAL, mejorando la formación continua, o estableciendo pruebas de especialización por nuestra condición directiva que es innegable en el futuro próximo exigirá y traerá consigo mejoras profesionales.

            4.) La mejora del sistema de sustitución, profesionalizándola, en la generación consecuencia de ello de mejoras y beneficios para todos los titulares, y de RETRIBUCIÓN DE LAS SUSTITUCIONES ORDINARIAS, pidiendo además que, entre otras cosas, se abonen desde el primer día, y no desde el undécimo, tal y como en este caso, reclaman también las Carreras Judicial y Fiscal.

            5.) La flexibilización del RÉGIMEN DE VACACIONES Y PERMISOS, en aras de alcanzar una regulación propia mediante la oportuna reforma de la LOPJ, y en particular:

                                               5.1. Solicitando que la reducción de los ASUNTOS PARTICULARES sea la misma que disfrutamos, o en el peor de los casos, la mitad de los actuales, al igual que el espíritu del RDL 20/12, que reduce de seis a tres los del resto de los funcionarios públicos, y por tanto reduciendo los nuestros, como mucho a CINCO como mitad más próxima de los actuales nueve.

            Resultaría difícil en el actual contexto pedir el mantenimiento de todos los días de asuntos particulares sólo para los Secretarios Judiciales, cuando dicha reducción se ha acordado para toda la función pública, aunque lo hacemos.

                                               5.2. Solicitando, por razones de flexibilidad, la eliminación del LÍMITE DE CINCO DÍAS para la petición de las VACACIONES ANUALES, de modo que éstas puedan pedirse de manera absolutamente fraccionada.

                                               5.3. Solicitando, por ineficaz, la eliminación de la prohibición de unir asuntos particulares con vacaciones anuales.

                                               5.4. Solicitando, nuevas formas de licencias, permisos o libranzas, por razones ya de formación on line, ya el cumplimiento durante parte del HORARIO LABORAL en el domicilio, a virtud de planes de actuación o realización de determinadas funciones procesales y propias de nuestra condición de directivos, ya como compensación de servicios extraordinarios que generen actividades extra y que permitan la libranza y no presencia en la Oficina judicial (como pasa ahora con las guardias).

            6.) La generalización del sistema de concesión de COMISIONES DE SERVICIO, particularmente, en beneficio de los compañeros de la tercera categoría y para que puedan servir en puestos de segunda, por evidentes razones de conciliación de la vida laboral y familiar. Hemos propuesto al MJ el dictado de una instrucción al respecto.

            7.) La derogación en nuestro Reglamento Orgánico de la prohibición de COMPATIBILIZAR el cobro de más de un programa concreto de actuación.

            8.) La valoración del desempeño, mediante el establecimiento de una PROFESIONALIZACION DE NUESTRA CARRERA, y estudio de cargas de trabajo, con niveles de entrada de asuntos y de resolución, que generen derechos de todo orden apara los compañeros, como reconocimientos, en lugar de retribuciones complementarias por programas de actuación, y que sean compatibles con la retribución por productividad.

            9.) El establecimiento de un CATÁLOGO DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES lo suficientemente amplio como para abarcar todo el espectro de las enfermedades o accidentes que actualmente se dan en la práctica a los Secretarios Judiciales, dada la diferencia de tratamiento dado a dichas situaciones, mucho más beneficioso, respecto de las contingencias comunes en el rdl 20/12, y con el fin de paliar los efectos perniciosos de la regulación de éste.

            10.) La petición de CONVOCATORIA INMEDIATA de las OPOSICIONES al Cuerpo de SECRETARIOS JUDICIALES, por no suponer la misma incremento alguno del gasto público, ya demandada desde el último Congreso de Pontevedra, y sobre lo que se presentó al Ministerio de Justicia un informe de más de treinta folios que está en valoración.

            11.) OTRAS REIVINDICACIONES, entre ellas:

            11.1. La adaptación del sistema de INGRESO al PLAN BOLONIA, también a virtud de una petición y un informe presentado de más de cincuenta páginas, en consonancia con las carreras Judicial y Fiscal y la abogacía, mediante la exigencia, además del título de grado, de un Master de contenido jurídico.

            11.2. La demanda de un marco adaptado de negociaciÓn PROPIO de nuestras condiciones profesionales, que evite que nuestras condiciones profesionales tengan que ser negociadas por los sindicatos generalistas.

            11.3. La presentación de ENMIENDAS y propuestas de REFORMA de nuestras FUNCIONES PROFESIONALES, tanto en la futura modificación de la LOPJ, como en los proyectos de leyes en marcha, la últimas, la presentación a los grupos parlamentarios de enmiendas al proyecto de Ley de Fomento del Alquiler, con la finalidad de que el juicio monitorio no deje de finalizar por medio de decreto del Secretario Judicial.

  

IV.

PARTICIPACIÓN DE LOS COLEGIADOS

 

            Todo lo anterior lo hemos solicitado del Ministerio de Justicia, y en unos casos, las cuestiones están muy avanzadas, mientras que en otros, se está en trámite.

            El Colegio ya pugnó en pasados años y alcanzó consecuciones importantes con la vigente LOPJ, la subida salarial del 2003, el reconocimiento de nuestra condición de directivos en la Orden del horario, la reforma procesal del 2009,… y ahora peleamos por la mejora de nuestro estatuto profesional en un entorno económico de tremendas dificultades.

            Sin perjuicio de lo anterior, sobre lo que tenemos obligación de informaros a colegiados y simpatizantes, de acuerdo con la filosofía de PARTICIPACIÓN siempre proclamada de la dirección del actual Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, reiteramos desde aquí a todos nuestros Secretarios Judiciales nos hagan llegar todas cuantas ideas, sugerencias, propuestas o por supuesto quejas tengan por bien formularnos, con la única finalidad siempre confesada, cual es ARMARNOS MÁS Y MEJOR para la mejora de los intereses profesionales del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales.

 

            Estad seguros que, tan pronto veamos en riesgo de ser truncadas con el actual Ministerio de Justicia, nuestras expectativas al cumplimiento de nuestras legítimas reivindicaciones, el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales será el primero, en, poniéndolo en vuestro conocimiento, solicitar de sus colegiados y simpatizantes, una contundente respuesta y una efectiva movilización, pero no lo haremos ahora al socaire de los intereses de asociaciones y sindicatos de otros colectivos o carreras, sino en la justa defensa de lo único que nos interesa realmente: el reconocimiento y la defensa de los derechos e intereses profesionales de los Secretarios Judiciales.

 

            En Madrid, a 30 de septiembre de 2012

 

                                        EL COLEGIO NACIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES

 

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