EL CONSEJO DEL SECRETARIADO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA TRANSPARENCIA EN EL NOMBRAMIENTO DE SG Y SCP Y UN PLAN PARA LOS LAJ ESPECIALMENTE SENSIBLES EN COVID. SUSTITUCIONES RETRIBUIDAS SIN SOLUCIÓN
No ha sido fácil conseguir que el Secretario General de la Administración de Justicia consiguiera una fecha para reunir a todos los miembros del Consejo del Secretariado. Según nos informan, quería celebrar la reunión a finales de julio, cuando se le había comunicado que varios vocales electos del Colegio ya estaban de vacaciones. Pospuesta la reunión al 3 de septiembre pretendió cambiar el horario horas antes, de modo que se impedía la asistencia de varios vocales del Colegio. Ante el anuncio de que no asistiría ninguno tuvo que convocarla para 7 de septiembre de 2020, fecha en la que se ha celebrado sin incidencia.
A la vista de la crónica de la reunión de nuestros vocales, la cuestión más importante abordada era el informe de varios secretarios de gobierno. Como cuestión previa, los vocales del Colegio a los que se han adherido la mayor parte del resto, se ha solicitado que en lo sucesivo, se aporten al Consejo todas las solicitudes y memorias presentadas a Secretario de Gobierno (y Coordinadores).
Se trata de una cuestión de transparencia, el colectivo debe conocer las candidaturas presentadas, a fin de evitar nombramientos arbitrarios. Incluso nos encontramos con que alguna Sala de Gobierno ha dado su apoyo respecto de algún candidato no propuesto por la CCAA. Si es lícito que una Sala de Gobierno informe sobre ellos también lo es que el órgano asesor lo haga.
Valorar realmente en términos relativos el mérito y capacidad de los propuestos exige que se aporten todas esas solicitudes. Los términos literales de la LOPJ, no puede alegarse como un obstáculo a nuestra petición, pues en definitiva no afecta a que el informe verse sobre el candidato propuesto, pero da luz a las valoraciones que garantizan realmente el mérito y la capacidad de los elegidos, y cumple las exigencias de la Ley de transparencia, en evitación de la arbitrariedad. Solo pensar en el procedimiento del CGPJ donde se publican todos los curriculum, memorias y las entrevistas realizadas hace sonrojar el hecho de privar de esa información al Consejo del Secretariado, órgano consultivo del Mj antes de tomar este tipo de decisiones.
Para evitar esta situación y no depender de la voluntad del SGA, los vocales del Colegio han solicitado que se promueva una modificación legislativa urgente de la LOPJ para que el Consejo del Secretariado vuelva a emitir informe sobre todos los candidatos.
En concreto respecto a los informes de las propuestas realizadas por las CCAA a los candidatos a Secretaría de Gobierno, por el Consejo se ha informado desfavorablemente el candidato propuesto respecto a Cataluña. El resto de candidatos han obtenido un informe favorable (Aragón, Andalucía, Asturias, Cantabria, Extremadura, Baleares, Audiencia Nacional, Castilla y León y Ceuta).
Otra cuestión importante para nuestro colectivo relacionada con la COVID19 fue planteada por los vocales del Colegio. Se solicitó al Ministerio de Justicia que informe si existe algún plan respecto de los Letrados Administración de Justicia que se encuentren en situación de vulnerabilidad, atendiendo a la situación de pandemia que estamos viviendo.
El Ministerio de Justicia es perfectamente conocedor del derecho de todo trabajador, también de los Letrados de la Administración de Justicia, a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo (art. 14.l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).
Más aún debería ser conocedor, y si no se lo recordamos, que el art. 81 h) de nuestro Reglamento Orgánico reconoce a los Letrados de Justicia el derecho a recibir protección en materia de seguridad y salud en el trabajo, y que impone a ese Ministerio de Justicia el deber de adoptar las medidas que resulten pertinentes para la aplicación EFECTIVA de la normativa vigente sobre prevención de riesgos y salud laboral.
Siendo que esta situación no exige del dictado de una normativa específica sino simplemente cumplir lo ya regulado en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995, los vocales electos del Consejo de Secretariado por el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia SOLICITÓ respuesta a las siguientes preguntas:
1) ¿El Ministerio de Justicia ha realizado una evaluación particular de carácter técnico del puesto de trabajo, tareas y funciones a desarrollar por cada uno de los Letrados de la Administración de Justicia declarados sanitariamente como ESPECIALMENTE SENSIBLES?
2) ¿El Ministerio de Justicia ha elaborado o tiene prevista la elaboración de un plan de seguimiento y vigilancia específico de la salud de los Letrados de la Administración de Justicia declarados sanitariamente como ESPECIALMENTE SENSIBLES mientras se prolongue en el tiempo la presente situación de crisis sanitaria?
3) ¿El Ministerio de Justicia cuenta o ha previsto contar con un plan específico para situaciones de especial exposición a fuentes de contagio por razón del desempeño laboral por los letrados declarados como ESPECIALMENTE SENSIBLES con la incorporación de especiales medidas de adaptación y apoyo en aquellas de sus funciones que supongan una situación de riesgo?
4) El Ministerio de Justicia, como responsable de la adopción de las medidas preventivas necesarias que aseguren la protección de los Letrados de la Administración de Justicia en su desempeño laboral, ¿cuenta con un plan de prevención, evaluación de riesgos, planificación de la actividad preventiva, y de vigilancia de la salud, adaptado a las particulares características de la actual crisis sanitaria provocada por el virus COVID-19?
5) Siendo obligación del Ministerio de Justicia, por mandato de la LPRL, procurar la adaptación de los puestos de trabajo de los trabajadores a su cargo que sean especialmente sensibles a determinados riesgos cuando, bien por las propias características de las funciones a desempeñar, bien algunas de estas funciones, suponen una exposición nociva a ese riesgo en detrimento de su salud, ¿ha previsto ese Ministerio con motivo de la presente crisis sanitaria un procedimiento de actuación que establezca los criterios, términos y pasos a seguir para adaptar un puesto de trabajo?, ¿ha realizado la identificación, descripción y evaluación de las funciones a realizar por los Letrados de la Administración de Justicia que puedan suponer una exposición de riesgo?, ¿ha contemplado la posibilidad, como una de las medidas de adaptación previstas, la asignación temporal de funciones con exposición de riesgo a otros letrados cuando su desempeño corresponda inicialmente a quienes hayan sido declarados como ESPECIALMENTE SENSIBLES?
Los responsables del Ministerio, increíblemente, carecían de toda información pero se comprometieron a contestar en unos días.
Objeto de la reunión ha sido la dación de cuenta por el Ministerio de Justicia de la ley de justicia sostenible de modificación procesal, de la que se nos informara una vez que el 15 de septiembre se celebre una con las CCAA. También han queda informadas favorablemente las RPT de La Bisbal, Berga, Alcoy, Segorbe, Secretaría de Gobierno y Coordinación de Valencia, Alicante y Castellón. En cuanto a Mislata se ha señalado que debería añadirse una plaza en el servicio común de ejecución, atendiendo el excesivo volumen para un solo Letrado de la Administración de Justicia, el Director de dicho servicio, cuya carga de trabajo es excesiva, lo que afecta a un correcto funcionamiento de la ejecución de ese partido judicial. En el orden del día se ha retirado la RPT de Viella, que ya se había informado anteriormente en otra reunión del Consejo, así como los Registros civiles de Valencia y Alicante, que se introdujeron por error.
Por el SGAJ se informa que se continúa trabajando en la oficina judicial y la cuestión tecnológica, si bien ahora apuestan por un modelo de “cogobernanza” con las CCAA, con las cuales tiene reunión una vez se haya reunido con CGPJ y FGE.
Por los vocales del Colegio de ha consultado cuándo se publicará la resolución del concurso, que será esta semana, (hoy ha sido ya publicado) y la publicación del siguiente, que será a mediados o finales de noviembre.
Respecto al Real Decreto de sustituciones, las esperanzas del SGAJ no son muy halagüeñas por la situación económica en la que nos encontramos y por la negociación de los presupuestos. Hemos elevado esta pregunta y queja por razones evidentes de abandono de nuestro colectivo en las sustituciones, y demandamos una solución urgente ante tal discriminación.
En cuanto al Registro civil, la voluntad es poner en marcha el nuevo modelo, siendo el organizativo el único escollo.
En cuanto al escalafón, nos manifiestan que siguen trabajando en un modelo lo más justo posible para todos.
Se ha preguntado al SGAJ por si existe alguna previsión para remunerar a los Laj en juzgados de violencia sobre la mujer, a lo que se nos ha contestado que es difícil su inclusión, pero que se contemplará a través de planes de choque para los juzgados.
En otro orden de cosas, se va a abrir en octubre la bolsa de Letrado de la Administración de Justicia sustitutos una vez esté operativa la nueva aplicación.
Por último, ante la inquietud de los vocales del Colegio por las noticias aparecidas en prensa respecto a la Mugeju, el SGAJ nos informa que él no tiene noticia alguna al respecto y que son sólo artículos de prensa, pero que si tuviera información nos la haría llegar, dándose por terminada la reunión.