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DIARIO DE LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

BEGOÑA FERNANDEZ FERNANDEZ
Secretario Judicial.

¡Hola! Soy Secretario Judicial, y como una Briget Jones, intento hacer un diario sobre lo que significa ser Secretario Judicial y la función que realizo….que aún no lo tengo muy claro y cada vez que leo periódicos, oigo al Ministro de Justicia y escucho algo sobre la Modernización de la Justicia, que se supone nos incluye a nosotros, ando más perdida sobre lo que soy y pinto en esta Administración de Justicia que más bien debería llamarse de la injusticia.

Los Secretarios Judiciales somos un “Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad”, así nos define la LOPJ, ley suprema dónde las haya, como el Reglamento que regula nuestro cuerpo.

¿Qué hay de verdad en esta afirmación tan legal y categórica? ¿Nada? ¿Poco? ¿Mucho?. Yo estoy intentando averiguarlo…a ver si lo consigo.

Desgloso el concepto y me encuentro con:

1. Los Secretarios si somos un Cuerpo Superior Jurídico, así lo retratan los casi 300 temas que suponen la oposición, unas pruebas que no están al alcance de todos los que se presentan, lo normal es que se estén 4 ó 5 años preparando la oposición, pero lo cierto es que hay gente que lleva más años y están “quemados” psicológicamente….el hecho de estudiar tantos años y saber el temario, no siempre garantiza el aprobado de la oposición.

2. Si se superan esas pruebas, que son de carácter nacional, aunque yo ya no tengo claro si la palabra nacional hace referencia al Estado Español o partes de este Estado, ya que más que los méritos jurídicos se valoran los conocimientos de lenguas co-oficiales…yo no estoy en contra de que se valoren dichos conocimientos, sí estoy en contra de que ello suponga años de antigüedad, y que se adelante a aquellos que naciendo en comunidades con la lengua oficial castellana se vean relegados en la lista independientemente de los méritos alcanzados… ya vale………lo dicho, si se superan las pruebas(con lengua oficial o co-oficial) te mandan, cual ternero al matadero, a un Juzgado y digo bien, porque los juzgados, en su mayoría son tercermundistas….y de repente te encuentras con que: has de librar Oficios para que manden material, personal, y tanta cantidad de “chorradas”, ¡perdón por la expresión! que el nivel jurídico exigido por la oposición brilla por su ausencia, ¿de que sirve estudiar el artículo 133 del Código Penal, si para lo que sirve la figura del Secretario es para protestar porque la calefacción no está bien, o porque no hay material en el juzgado? Y hay que darse con un canto en las narices si las gerencias, que proporcionan material y personal lo dan a gusto…ya que con la excusa de que no hay dinero, no mandan nada, o mandan poco y lo que mandan…..en fin, no hablaré de ello.

3. Estamos en el Juzgado y aparte de estas cuestiones administrativas, tú Secretario Judicial, persona jurídica influyente y que ejerce funciones con autoridad, te das cuenta de la realidad, la formación jurídica la ejerces si te implicas haciendo resoluciones judiciales, que no jurídicas, que van en la totalidad nombre del Juez/a (al Secretario sólo le quedan los distintos tipos de diligencias)…pero que en la práctica todo el mundo sabe que son tuyas, sobre todo en la fase de ejecución; Pero ¿quién sabe esto? ¿quién es todo el mundo? La gente de la calle sólo ve una providencia o un auto a nombre del juez; los abogados no saben lo que es un secretario, de hecho, la mayor parte de las veces obvian a esta figura (salvo cuando es para pedir dinero) e incluso hay quienes están de acuerdo a que se celebren juicios sin la presencia del garantizador de la fe publica judicial, o sea, el Secretario.

Luego, ¡pobre Secretario! Sólo tú sabes lo que eres y lo que haces..y aunque se han de ejercer las “funciones con carácter de autoridad”( que me gustaría que fueran más específicas) lo cierto es que depende de tu salud mental y laboral de que el Juzgado esté lo más dotado posible de material y personal, que éste sea competente y que te lleves más o menos bien con el Juez/a con el que has de trabajar.

4.¡Ah! Aquí está el “quid” de la cuestión, la palabra en sí de Secretario, ya conlleva un matiz que creo que al Ministerio, le encanta., porque ha cambiado todas las denominaciones de todos los estamentos judiciales, menos el de este Cuerpo, con el carácter no tan jurídicamente amable, que la palabra Secretario supone. No, ciudadano, no es el Juez/a nuestro superior, pero conviene llevarnos bien con él, porque sino nosotros “que ejercemos nuestras funciones con autoridad” y lo reiterare cuantas veces sea necesario, nos veremos más solos que la una..por ejemplo, puede que estén conformes en que se hagan los juicios sin la presencia del secretario; o que firmen las resoluciones sin la firma del Secretario(de hecho hay modelos dónde no aparece la fe del Secretario) y acuerden su notificación, necesitarás de ellos si se decide abrir un expediente a un funcionario (que no trabaje o trabaje mal) porque si a ti, Secretario, se te ocurre abrir un expediente(aunque seas el Director de la Oficina Judicial) sin contar con el Juez/a te puedes quedar con el expediente en nada y por supuesto, el Secretario librará las correspondientes peleas y consiguiente “dolores de cabeza” con sindicatos, funcionarios, con el juez/a……..

En fin, repito, hacemos nuestras funciones con el carácter de autoridad.

5. Superados esos pequeños matices, que no son pocos, se nos habla casí con imposición de una Modernización de la Justicia, en la que nosotros Cuerpo Superior Jurídico, seremos la cabeza de todo….¿de todo lo bueno o de todo lo malo?

Modernizar la justicia, supone, entre varias cuestiones, construir edificios que den una imagen de la justicia adecuada y no tercermundista; supone tener sistemas informáticos que conecten entre sí, a los distintos juzgados, a los juzgados con la Policía, con el Centro Penitenciario, con todos los estamentos y autoridades necesarias para que se localicen a aquellas personas que son expertas en huir de la justicia…y hoy por hoy, la única fuente fiable de localización es la Agencia Tributaria…ya se sabe, Hacienda somos todos, seamos o no delincuentes; supone tener personal competente, todos los funcionarios titulares tenemos una oposición que nos da conocimientos de derecho, pero los titulares son insuficientes para cubrir las plazas de todos los juzgados y muchos de ellos están llenos de interinos o sustitutos(caso de Secretarios, Fiscales o Jueces) a los que se debería exigir un mínimo de formación…en el caso de los funcionarios interinos, no se puede enviar a una persona que no sabe escribir a máquina y que no sabe nada de derecho, a tramitar los expedientes de un juzgado dónde estos requisitos son más que fundamentales, con el desgaste que supone, para los funcionarios compañeros y para el Secretario, como organizador del juzgado.

En cuanto a Jueces, Fiscales y/o Secretarios Sustitutos hay que tener muchos “arrestos”para sacar la carrera de Derecho y ejercer una responsabilidad tan grande que requiere una base o formación jurídica que da una oposición, y no es criticar la función de los sustitutos, necesarios para cubrir las plazas vacantes, pero se podría aprovechar la formación de Secretarios Titulares para realizar tareas encomendadas o que en algún proyecto se pretende encomendar a Jueces Sustitutos.

En algunos despachos de abogados, existe un sistema informático que les avisa de cualquier cambio jurisprudencial, ¿por qué el Estado no dota a los Juzgados de un sistema que avise al funcionario de cuando esta a punto de prescribir una pena o un delito? ¿O que avise de normas que cambian? ¿O de jurisprudencia que sirve para el dictado de resoluciones?

Todo ello tiene una respuesta, a decir de la gente “la justicia no da dinero; parece que no interesa y que está todo arreglado con echar la culpa a alguien” Un pequeño inciso en esta cuestión (nuestro sueldo no sé si llega a cubrir tanta responsabilidad, estoy abrumado/a)

Lo único que hay de cierto en la definición del Cuerpo de Secretarios Judiciales, es la dependencia del Ministro de Justicia y con el titular que tenemos FISCAL POR LOS CUATRO COSTADOS, lo llevamos más que claro.

En principio, y es mi opinión, el titular de este Ministerio, debe ser una persona que conozca la organización del juzgado, sus funcionamientos, sus necesidades y carencias….. la Fiscalía va por libre y a los fiscales se les ve en la sala cuando se celebra juicios , me explico, para que nadie se sienta ofendido, es cierto que la Fiscalía tendrá un modo de organización y puede que con sus necesidades y carencias….pero la complejidad del Juzgado la conoce alguien de dentro y que vive diariamente las consecuencias del modelo organizativo existente.

Creo que muchos de los que integran este mundo judicial deben pensar que los Secretarios no hacen nada en la Sala, sólo recoger actas, examinar poderes de Letrados, garantizar que ni el Juez se sobrepase con los justiciables o abogados, y que estos no se sobrepasen con el Juez….nimiedades, y por eso en los proyectos del Ministerio hay un afán de quitar al Secretario GARANTIZADOR DE LA FE PUBLICA JUDICIAL de la sala de vistas, pero estas nimiedades si son necesarias y requieren una presencia en acto de juicio que garanticen fidelidad y legalidad ante todo, y ello lo debe hacer el Secretario.

Si nos quitaran de la sala, lo siento por ti ¡ciudadano! ya te veo ir al Notario, pagando, por supuesto, para apoderar a Letrados, Procuradores.. para que le representen; veo a los Jueces o Fiscales examinar los poderes…y veo a los Jueces estar con el ordenador grabando las vistas siempre que el sistema electrónico funcione y certificando la presencia de los que asistan….porque los Secretarios “que son los que tienen la facultad de certificar”, a día de hoy, no podrían llevar a cabo tal labor

Parece que no se ve muy bien que este Cuerpo proteste, “¿quién somos nosotros para defender nuestros derechos y denunciar las carencias de la Justicia?” “¿Qué es eso de Asambleas y Juntas de Secretarios?” “¿Y el derecho de reunión, cómo nos atrevemos a ejercerlo?” Y por supuesto, si se nos ocurre defender a una compañera que ha recibido una sanción de lo más injusta y pagado por las carencias de una administración deficiente…somos culpables de “Corporativismo” y por supuesto, eso está muy mal visto en un Estado de “gran talante” como el nuestro.

Y ni se nos ocurra pedir funciones y competencias, porque entonces nos dan menos, y no quiero pensar mal, pero creo que nos quieren convertir en meros administrativos, siendo el único Cuerpo Jurídico ( o al menos así me consta) que reclama funciones y competencias.

Con lo cual, yo ya he llegado a una definición muy clara de mi función.

1. Como Secretario Judicial, soy funcionario del grupo A, que tengo una formación jurídica basada en la Licenciatura de Derecho y la oposición.
2. Que pertenezco a un Cuerpo de carácter único, o sea, único en ser “puenteado”, único en reivindicar competencias y que se les nieguen, único en no tener derecho a promoción, único en ver como Cuerpos Inferiores( dígase, Cuerpos de Gestión) acceden a nuestro Cuerpo con una facilidad que ya quisieran los que van por oposición libre….
3. Que somos de carácter nacional, ya se verá cuanto nos dura esto.
4. Al servicio de la Administración de Justicia, y dependiente del Ministerio de Justicia, que nos obvia cuanto puede.
5. Y que realiza funciones con carácter de autoridad ¡!!!JA!!!!!

Bueno, sigo sin saber si esto me aclara o me deprime, pero como no hagamos algo como colectivo, veo nuestro Cuerpo relegado a la Ley de Memoria Histórica.

Por favor, hagamos algo, que realmente se vea que: somos un Cuerpo Jurídico Superior, que servimos en los Juzgados siendo figuras esenciales y no meramente decorativas, que seamos de carácter nacional, nunca autonómicos y que realmente dependamos de un Ministerio de Justicia que tenga un titular que sea dialogante y que de verdad, realicemos nuestras funciones “Bien Especificadas”, con el carácter de autoridad.

UN/A SECRETARIO JUDICIAL
REIVENTANDO EL CUERPO DE SECRETARIOS.

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