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EL COLEGIO SOLICITA AL MINISTERIO QUE MODIFIQUE LA REGULACIÓN DE LA I.T

El pasado mes de junio el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales solicitó a la Secretaría de Estado de Justicia la modificación de la Resolución de 25-6-13 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales o Letrados de la Administración de Justicia (BOE 1-7-2013).

 

 

En concreto se solicita introducir un párrafo añadido en el apartado segundo punto 2.5 que dice así: » También se incluyen dentro de este apartado las cardiopatías esquémicas y las enfermedades recogidas en los anexos IyIII del R.D. 2210/95 de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia epidemiológica», así como una segunda modificación que habría de extenderse a incluir un nuevo punto, el 3.5 del apartado Tercero que quedaría como sigue:

«La reducción de haberes, consecuencia de hallarse un secretario judicial en situación de Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes, no será de aplicación a 4 días de inasistencia al despacho por razones de enfermedad, a lo largo del año natural, de los cuales solo tres podrán tener lugar en días consecutivos.»

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