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EL MHAP DICTA UNA RESOLUCIÓN PARA DETERMINAR EL DISFRUTE DE LOS CANOSOS

El BOE de 18 de septiembre ha publicado la  Resolución de 16 de septiembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

 

Concreta la forma en la que se han de disfrutar los días de asuntos particulares, canosos y vacaciones recuperadas. Si bien nuestra  reglamentación propia establece algunas especialidades en cuanto al plazo en que se han de disfrutar y los dias de vacaciones que pueden ser disfrutados independientemente, el resto (número y extensión) entendemos que es plenamente aplicable a justicia, por la remisión de la LOPJ, y que podrán disfrutarse tan pronto como la aplicación Ainoa esté adaptada para ello. Por otra parte esperamos que el Ministerio de Justicia dicte en breve una Instrucción alargando el plazo para el disfurte de los que corresponden a 2015, teniendo en cuenta el momento en que se ha publicado el D Ley por el que se restablecen estos derechos.

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