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Letrados de la Administración de Justicia

LA IRRESPONSABLE INSTRUCCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL

Sin duda la intención es buena, asegurar que las personas más vulnerables puedan obtener ingresos cobrando las cantidades depositadas en la cuenta de consignaciones a las que tengan derecho. Esa idea es la recogida en la exposición de motivos de la Instrucción 1/2020 RELATIVA A LA GESTIÓN DE LA CUENTA DE DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES JUDICIALES DURANTE LA VIGENCIA DEL ESTADO DE ALARMA DECLARADO POR REAL DECRETO 463/2020 DE 14 DE MARZO, y nuestro Cuerpo Superior Jurídico continuará ejecutando esas devoluciones de depósitos puesto que no lo ha dejado de hacer durante el tiempo que llevamos de cuarentena.

Por eso desde el Colegio Nacional no entendemos por qué desde el  Ministerio de Justicia dictan una Instrucción superflua porque nadie  ha dejado de devolver esas cantidades cuando nos hemos encontrado con una situación que de no hacerlo generaría un perjuicio irreparable; una Instrucción de dudosa legalidad por contravenir normativa superior y acuerdos de otros órganos competentes, e irresponsable porque, contraviniendo la propia instrucción del Ministerio sobre protección de la salud laboral frente a la epidemia y las recomendaciones del Ministerio de Sanidad, expone a una pluralidad de personas a ser contagiadas, ya que, al no establecer como exclusivo sistema de pago la transferencia, habrá funcionarios que deberán entregar los mandamientos a los representantes procesales de las partes y a aquellos interesados que deban acudir al órgano judicial a por el mandamiento de devolución y que después deberán ir a las oficinas bancarias para hacerlo efectivo.

Desde el Ministerio de Justicia se ha decidido que es preferible poner en riesgo el efecto de la cuarentena y la salud laboral de aquellos empleados a los que debe proteger, a los mismos que no les llegan los equipos necesarios en condiciones de utilidad para hacer su trabajo en situaciones de riesgo (guardia, salidas…) antes que obligar a los representantes procesales a facilitar la cuenta corriente en la que se le haga la transferencia. Ese Ministerio que en el papel pide que se facilite el trabajo por la administración prestacional, en la que se encuentra, pero que en la realidad no lo hace.

Los Letrados de la Administración de Justicia, en el ejercicio responsable de competencias propias y ajenas, éstas que corresponden a la administración prestacional, están organizando equipos, resolviendo las peticiones de exclusión bajo su responsabilidad, entregando el material para la protección a jueces, fiscales, compañeros y funcionarios, sin quejarnos por querer colaborar en el control de esta pandemia que se está llevando vidas y puestos de trabajo. Pero no podemos aceptar que nuestro Ministerio nos exponga innecesariamente al riesgo de contagiarnos porque pretende quedar bien ante la sociedad, a la que expone al contagio enviándola a recoger mandamientos y después cobrarlos.

El Presidente del Colegio, Rafael Lara, se ha dirigido por carta al Secretario General poniéndole en conocimiento que estamos de acuerdo en la filosofía de la norma, pues ya lo estábamos haciendo sin que se nos ordenara imperativamente y sin que se nos pusiera en el foco de la sociedad dando una imagen de inactividad; estamos colaborando en la activación de una economía que no se ha parado precisamente por nuestra inactividad, por lo que instamos al Secretario General a la modificación de esa superflua instrucción, reconduzca la situación a
sus justos términos, facilite medios para cumplir nuestro cometido procesal en los pagos, (tecnológicos, de acceso a la gestión procesal, organizativos…) promueva acciones eficaces con los colegios profesionales, y todo ello para que podamos seguir hacerlo en el marco de las recomendaciones sanitarias, cumpliendo sus propias instrucciones sobre protección de la salud laboral a la que está obligado respecto a sus funcionarios.

Adjuntamos la carta que le hemos remitido. Pincha aquí

 

 

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