MUGEJU. SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL
Adjuntamos la respuesta que ha dado la MUGEJU a una consulta sobre los criterios para el reconocimiento o denegación del subsidio por IT, considerando que es exigible la presentación de la solicitud a partir del /º mes de baja y antes de que finalice su duración máxima, incluyendo la prórroga, lo que no significa que esta petición deba dirigirse a este organismo dentro de los tres meses siguientes desde que se esté en IT.
Establece también, que cosa distinta son sus efectos económicos, ya que, de presentarse la solicitud ya iniciada la situación de IT, aquellos se retrotraerán como máximo a los tres meses anteriors a la fecha de tal solicitud.