¿SE CONSERVARÁ LA NOTA DEL PRIMER EJERCICIO DE LA OPOSICIÓN EN LA SIGUIENTE CONVOCATORIA?
El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia, ante las dudas surgidas en el colectivo de opositores y que ellos nos han transmitido, ha planteado una consulta al Ministerio de Justicia (que adjuntamos) en concreto, respecto a si se conservará la nota del primer ejercicio obtenida superando el 60 por ciento de la calificación máxima prevista para dicho ejercicio, así como la exención para el opositor de realizar el primer ejercicio de la convocatoria siguiente, tal y como viene determinado por la Orden JUS/381/2017, de 28 de abril (BOE 4 de mayo de 2017), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. La incertidumbre ha surgido por la publicación en el BOE, de la Orden JUS/1276/2017, de 20 de diciembre (BOE 26 de diciembre de 2017), que modifica mínimamente la Orden JUS/2250/2006, de 3 de julio, que contiene los programas de acceso al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
El Colegio, sensible a las inquietudes de las nuevas generaciones de opositores, entiende que es importante que no haya dudas en la forma en la que se desarrollan los procesos selectivos y por ello, consideramos necesario que se aclare si la modificación de temario, deja sin efecto la reserva de nota obtenida en el primer ejercicio o por el contrario se mantiene la previsión de la reserva de nota para la convocatoria inmediatamente posterior.