TERCERIAS DE MEJOR DERECHO.
Preferencia crediticia de los salarios de tramitación.
SENTENCIA TS, SALA DE LO CIVIL, Sección 1ª, de 21 de noviembre de 2.007 ID.CENDOJ 28079110012007101197.
OBJETO DEL RECURSO. Insiste la recurrente en que los salarios de tramitación no deben incluirse en el privilegio que el artículo 32.2 ET atribuye a los créditos salariales, habida cuenta del carácter indemnizatorio que aquéllos poseen, asimilándose a las indemnizaciones laborales, que están excluídas de las garantías salariales que dispensa el citado precepto, en su redacción originaria, aplicable al caso de autos.
Preferencia crediticia de los créditos por cuotas a la Seguridad Social.
SENTENCIA TS, SALA DE LO CIVIL, Sección 1ª, de 3 de enero de 2.008. ID.CENDOJ 28079110012008100002.
OBJETO DEL RECURSO. Como claramente se desprende de lo antedicho, lo que se plantea mediante este recurso de casación es la cuestión estrictamente jurídica de si para los créditos por cuotas de la Seguridad Social rige o no la restricción a la última anualidad contenida en el art. 1924-1º CC , ya que en la sentencia recurrida se afirma tal restricción y la parte recurrente, en cambio, la considera inexistente en virtud de normas no contenidas en el Código Civil pero que, al remitirse a éste, vienen a modificar aquel precepto en beneficio del sistema de Seguridad Social.