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ACUERDO DE LA COMISIÓN DE MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA DEL CGPJ

El CGPJ, por medio de su Comisión de Modernización e Informática, resolvió desestimando la petición de algunos funcionarios a fin de que se les diera de baja como usuarios en las apliaciones de consulta del punto neutro judicial.

En el Acuerdo, que podéis consultar íntegro en el archivo adjunto, se argumenta que «la realización de tales labores por funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa debe considerarse como propia, dado que tales labores deben considerarse de apoyo a la gestión procesal, correspondiendo a los primeros la gestión de la tramitación de los procedimientos (art. 476.a) LOPJ) y a los segundos su tramitación general, mediante el empleo de los medios mecánicos u ofimáticos que corresponda (art. 477.a) LOPJ). Además, a ambos cuerpos de funcionarios les corresponde la realización de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga encomendadas por los superiores jerárquicos (arts. 476.k) y 477.g) LOPJ).»
Asímismo se razona que «la designación de determinados y concretos funcionarios por el Secretario Judicial para la realización de tales labores, en el curso de la tramitación del concreto procedimiento, debe entenderse englobada dentro de la función de organización y dirección que a favor de los Secretarios Judiciales contempla el artículo 454.2 LOPJ, todo ello sin perjuicio de que el funcionario designado utilice los medios de impugnación que el ordenamiento jurídico prevé contra el concreto acuerdo de designación.»

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