Circulares, instrucciones, comunicaciones ordenadas y actualizadas
Ya está disponible en nuestro repositorio de circulares, instrucciones, comunicaciones… la Circular de 24 de junio de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre el objeto y uso del certificado de fe de vida o de fe de vida y estado, en la que se establecen criterios para su utilización en los Registros Civiles.
El objeto de esta Circular es exponer aspectos sobre el certificado de fe de vida o de fe de vida y estado expedido por el Registro Civil, que sirvan para clarificar las cuestiones que han surgido o puedan surgir respecto a su necesidad y, en particular, en cuanto al establecimiento de criterios para su utilización; con el propósito de conseguir así que las solicitudes que se realicen del mismo en el Registro Civil se reduzcan a los casos en que realmente sean necesarias.
En el marco del nuevo modelo de Registro Civil, se contempla solo la emisión del certificado de fe de vida en el desarrollo reglamentario que se encuentra en trámite, en sintonía con los Convenios Internacionales sobre Estado Civil de los que España forma parte. Sobre el estado civil, el Registro Civil puede expedir certificaciones de matrimonio que darán fe de aquello que esté inscrito en el Registro Civil, con mayor garantía que una mera declaración de estado civil de parte interesada.