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CONGRESO DE PONTEVEDRA: SEGUNDA MESA REDONDA “JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. SJ ÓRGANO PRINCIPAL EN LA FUTURA LEY JV”

Actuó como moderadora Pilar Millán Mon, secretaria judicial del Juzgado de 1ª Instancia Nº 8 de Pontevedra, en esta segunda mesa en la que se abordó la futura regulación de la jurisdicción voluntaria.

 

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Antonio Fernández de Buján, aunque no necesita presentación para los que seguís esta web, es Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid y Vocal de la Sección Especial de la Comisión General de Codificación para la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Jurisdicción Voluntaria, fue el ponente que abrió la jornada con una brillante exposición haciendo un análisis histórico de esta jurisdicción voluntaria que ha sido calificada por la doctrina como la gran olvidada o desconocida.

Regulada aún en la vieja Ley de Enjuiciamiento Civil y en leyes dispersas, en 2.001 se preveía que el plazo de un año debería haber una nueva regulación, para lograrlo se constituyó una comisión, en la que también participó el Ponente, que elaboró un proyecto que fue retirado en el Senado minutos antes de debatirse. 

Se abordaron cuestiones terminológicas, entendiendo que debe denominarse procedimiento frente a alternativas como expediente o acto, y se pidió un acercamiento de la jurisdicción voluntaria a la contenciosa (prueba, contradicción superando viejas estructuras conceptuales, ..) un vez que la contenciosa se ha acercado a la voluntaria para ganar en agilidad, ya que la diferencia entre ambas es la ausencia de lesión de intereses legítimos.

Fundamentada en los artículos 117. 3 y  4 de la Constitución Española consideró que la distribución de competencias debe hacerse, una vez identificados lo procedimientos que deben ser de exclusiva competencia del juez, teniendo en cuenta el criterio de la alternatividad entre Secretarios Judiciales y otros operadores como Notarios y Registradores de la Propiedad. 

Para más conocimiento de sus aportaciones descargando el artículo publicado en La Ley que anexamos nuevamente a esta noticia. 

Seguidamente intervino Jesús Seone Cacharrón, secretario judicial jubilado, expresidentes del CNSJ y  vocal de la citada comisión de jurisdicción voluntaria de 2003-04. Nos recordó, en una amena disertación, importantes hitos históricos de nuestra profesión, de los avatares y ataques que ha sufrido a lo largo de la historia desde distintos poderes y colectivos. 

Mil anécdotas su actividad como presidente del CNSJ nos ilustraron lo difícil del camino, pero animándonos a seguir luchando por lo que nuestro, como la jurisdicción voluntaria, que nos atribuye el legislador del Pacto de Estado de 2003, si bien coincidiendo con el anterior ponente en la necesidad y conveniencia de la alternatividad en la distribución de las competencias, de las hizo un detallado estudio. 

Nada mejor para conocer más de esta ponencia que leerla descargándola desde esta noticia (documento adjunto). 

En el debate posterior se le preguntó por la posibilidad de cambiar el nombre de nuestro colectivo y respondió que lo considera conveniente aunque no se inclinó por ninguna concreto pues la iniciativa debería partir de nosotros.

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