CUENTA DE CONSIGNACIONES. INGRESOS INDEBIDOS
La Secretaría General de la Administración de Justicia ha comunicado «Con relación a las transferencias que realizan los Letrados de la Administración de Justicia al Tesoro Público (cuenta 5555) desde la aplicación de las Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales, y que resultan ser ingresos indebidos, se pueden rescatar dentro del trimestre natural de forma automática, sin embargo, cuando se ha superado este periodo, para el rescate de las cantidades se debe iniciar el procedimiento de devolución de ingresos indebidos al TP desde la opción correspondiente de la aplicación.
Con relación a lo anterior, se informa que el procedimiento de devolución de ingresos indebidos al TP no es un proceso automático, ya que lleva aparejado diferentes acciones como por ejemplo: firma electrónica, paso por la Intervención, etc…por lo que el proceso puede durar entre 3 y 6 meses.
En los últimos meses se ha observado un aumento en el número de solicitudes de ingresos indebidos al TP que en su momento se transfirieron a la cuenta 5555 por considerarse cantidades abandonadas o de beneficiarios desconocidos, en cuyo caso, deben ser enviadas a la cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados (cuenta 9999), de la cual pueden ser rescatadas automáticamente desde la aplicación informática durante un plazo de 20 años».