EL REGISTRO CENTRAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA: CUESTIONES PRÁCTICAS.
I. INTRODUCCIÓN
II. ANTECEDENTES DEL RCPVD
III. REGULACIÓN.
IV. NATURALEZA.
V. FINALIDAD Y EFICACIA PRÁCTICA DEL RCPVVD.
VI. CANCELACIONES.
VII. RELACIONES ENTRE EL JVM Y LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: (POLICIA Y PUNTOS DE ENCUENTRO): VIGENCIA DE LAS COMUNICACIONES VÍA FAX.
VIII. USO DE LA APLICACIÓN POR EL PERSONAL DEL JUZGADO.
IX. ACCESO, RECTIFICACACION Y CANCELACIÓN DE DATOS CONTENIDOS EN EL RCPVD.
I. INTRODUCCIÓN
Este artículo tiene su origen la I Jornada para Secretarios Judiciales destinados en los JVM, organizada en Valencia por el CNSJ el día 19 de Octubre de 2007, en la que se sometieron en un foro de Secretarios Judiciales destinados en JVM, una serie de cuestiones prácticas, de dudas y problemas que se suscitaban en el día a día entre compañeros y que necesitaban de una reflexión común, y que se ha continuado estudiando hasta el día 18 de junio, en el que se expone como parte de la ponencia “Competencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer y aspectos procesales civiles. EL Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica: origen, eficacia, relaciones con las Administraciones Públicas, acceso, cancelación y rectificación de datos”, en Jornada de Formación: “Violencia sobre la Mujer: problemas prácticos y de ejecución”, organizada por el CEJ en colaboración con la Generalitat Valenciana. Por ello, este artículo, no nace con vocación de estudio teórico sistemático del RCPVD, sino de planteamiento de problemas prácticos y propuesta de soluciones para el mejor funcionamiento del mismo.
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Alejandrina-Aránzazu Peris Martínez,
Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 7 de Torrente (Valencia)