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ACCIONES DEL COLEGIO SOBRE EL TEMA DE LA CONSOLIDACIÓN DE CATEGORÍAS ANTE EL MJ

El pasado martes 8 de febrero, con ocasión de un acto en la sede de los registros de la propiedad de Madrid, el Presidente del Colegio, tuvo la ocasión de conversar con el Ministro de Justicia para profundizar en determinados temas, y muy especialmente, en la cuestión de la CONSOLIDACIÓN DE CATEGORÍAS, y asumiendo la invitación de hacerlo por escrito a la que le remitió el Ministro, para efectuar un previo planteamiento del problema, y más exacto y negro sobre blanco, y particularmente, por el compromiso que recordó el Ministro adquirió con nosotros en nuestras últimas XXIV Jornadas de la Fe Pública Judicial celebradas en Palma de Mallorca, de solucionar el problema, le remitimos una carta explicativa en fecha 11 de febrero, que sabemos recibió, y que se une al apoyo que en este camino pudimos y podemos entresacar del informe del CGPj a la Ley de tribunales de instancia de la que os dimos cuenta en la noticia de 10 de abril, y las conversaciones que venimos manteniendo sobre el tema con los grupos parlamentarios (ver también noticia de 15 de marzo).

 

En la misma, se le transmitió la honda preocupación que, dentro del colectivo, supone el problema de la consolidación, muy significadamente la de la tercera categoría, dada la trascendencia que para nosotros tiene la actual regulación de las categorías en el art. 441 LOPJ, cuya reforma, se ha incorporado al recientemente presentado Anteproyecto de Modificación de la LOPJ para la creación de los Tribunales de Instancia.

 

Dicha preocupación se ha acrecentado, al conocer que la reforma, se haya incluida en el antedicho anteproyecto; siendo como es, que no se ha alcanzado con el equipo ministerial acuerdo alguno concreto respecto a la misma, sino que, muy al contrario, por parte del Iltre. Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, (en prueba de lo cual simplemente se le remitió a la noticia publicada en nuestra web el pasado dos de julio), no se aceptó la propuesta ministerial. Por ello, con la carta hemos querido hacer un llamamiento personal al Ministro, conscientes de que la solución al problema es, no sólo deseada, sino posible.

 

En la misiva se continuó explicitando que como es sabido, la existencia de categorías en el Cuerpo de Secretarios Judiciales es tradicional de los cuerpos superiores de la Administración de Justicia, y tributaria, en buena medida, del sistema de la Carrera Judicial, con la que compartimos buena parte de nuestro estatuto profesional según las remisiones de la LOPJ. Ahora bien, con los actuales efectos perniciosos, fue la LO 19/03 la que vino a modificar nuestro sistema de consolidación, trasformando el anterior sistema de adquisición de la categoría. Y de modo análogo al seguido en la Administración General del Estado, la LO 19/03 introdujo un sistema de consolidación, que está resultando claramente perjudicial y discriminatorio, sobremanera para los cerca de mil Secretarios Judiciales que actualmente ostentan la tercera categoría y se ven afectados doblemente por esta situación.

 

En efecto, y como consecuencia de la legislación vigente, los Secretarios Judiciales que ingresaron en el cuerpo desde 2003 necesitan cinco años de ejercicio ininterrumpido para la consolidación de la categoría inicial -la tercera-, o diez años para la consolidación de la segunda categoría, o dicho en sentido contrario, por mor de la interpretación de los arts. 77 y concordantes de nuestro Reglamento Orgánico –y en contradicción con lo dispuesto en la Disposición Adicional 10ª del Estatuto Básico del Empleado Público-, los Secretarios Judiciales de nuevo ingreso en nuestra carrera aprueban las oposiciones e ingresan «sin categoría», pues necesitan de cinco años para consolidar la inicial o de ingreso.

 

Esta realidad, que por su injusticia, constituye un supuesto sin parangón en toda la Administración Pública española –que, según el art. 21 de la Ley de la Función Pública, exige dos años para la consolidación de sus respectivos niveles, que no categorías-, y aún peor, constituye un grave agravio dentro de los cuerpos superiores de la Administración de Justicia.

 

Es por ello, se indicó al Ministro que porque somos muchos los Secretarios Judiciales afectados, este Colegio Nacional de Secretarios Judiciales no pudo, ni puede, dar su conformidad a la reforma del sistema en los términos actualmente propuestos en el citado anteproyecto, abogando, ahora y antes, por la vuelta al sistema, no de consolidación sino de adquisición de la categoría, a semejanza del establecido para la Carrera Judicial y al objeto de no sufrir discriminación (o un sistema u otro, pero no lo peor de ambos) alguna respecto del resto de los funcionarios de la Administración de Justicia. Creemos en la suficiente analogía con el sistema de la carrera judicial, mucho más beneficioso y justo.

 

Sin necesidad de entrar en otras muchas razones legales y de oportunidad que imponen la reforma del sistema, se apeló a que no tengamos lo peor de ambos sistemas (el judicial, por esencia asimilable, y el administrativo), y seguimos apelando al sincero compromiso de nuestro Ministro.

 

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