EL COTEJO DE VOCES. SOLUCIONES A LAS CUESTIONES PLANTEADAS.
Dentro de la fase instructora del proceso penal, acordada judicialmente la diligencia de intervención telefónica y una vez finalizada la misma, hay que incorporarla al material probatorio para su reproducción en la vista del juicio oral, al igual que el resto de diligencias efectuadas en la fase instructora, y de este modo puede surgir la necesidad de practicar una prueba pericial de identificación de las voces interceptadas, si los imputados no la reconocen como propias.
Pedro J. Campoy López, Secretario Judicial.
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