Banner escolaj
[rock-convert-cta id="20481"]
Logo Colegio Nacional Letrados de la Administración de Justicia

Estamos a su disposición en la Sede Central del Colegio a través de las siguientes vías:

Contacto

Si eres Colegiado y no conoces tus claves de acceso a la Zona de Colegiados de nuestra web, puedes solicitar tu acceso aquí.

Atendemos de Lunes a Viernes

Llamanos al (+34) 91 3086709

CRONICA REUNION EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA.

En el día de ayer se celebró la reunión prevista con los responsables ministeriales, encabezados por el Director General de Modernización, D. José de la Mata Amaya, con el orden del día anunciado –Formación, Productividad y nuevas ciudades de Oficina Judicial- y que el Ministerio de Justicia ha dado por zanjado, y en el que se ha terminado planteando el tema de la reciente Instrucción Nº 2/2010 del Consejo General del Poder Judicial, sobre facultades de dirección e inspección de Jueces y Magistrados.

1.) FORMACIÓN:
Expuesto el borrador elaborado por el MJ del plan de formación para el próximo año, se ha reiterado nuevamente por los representantes del Colegio Nacional las alegaciones que han manteniendo en el grupo de trabajo que se constituyó al efecto, y de lo que os daremos cuenta más cumplida en próximas noticias. El plan en si mismo, y entendemos con los retoques que demandamos, puede constituir un buen instrumento de desarrollo de las potencialidades que debemos desplegar en el futuro. Sin embargo, hay cuestiones que dejan de ser de mero matiz, pues son de gran relevancia y que deberían tenerse en cuenta para que con el mismo se garantice de verdad el derecho a la formación en equilibrio con la necesidad de capacitación, pues en otro caso el plan no responderá a lo que demanda el colectivo y el servicio público.
De entre ellas, resalta la demanda que hemos vuelto a poner sobre la mesa relativa a la necesidad de UNIVERSALIZACIÓN de la formación de los Secretarios Judiciales, de tal modo que no se confunda entre la necesaria capacitación –entendida como formación específicamente destinada a aquellos Secretarios Judiciales que vayan a desempeñar determinados puestos, especialmente en el marco de la Nueva Oficina Judicial, y que debe ser sufragada con fondos de implantación NOj del Ministerio de Justicia-; con el derecho a la formación, -entendida como marca el art. 81.1.d) ROCSJ, que debe poder llegar a todos los Secretarios Judiciales posibles en igualdad, con independencia de su destino, y a la única a la que deben destinarse los fondos del Centro de Estudios Jurídicos-. Esta reivindicación, no ha sido contestada con claridad por el Director General manifestando que se trata de una cuestión compleja y matizable.

La planificación de la formación para el próximo año, incluye determinadas actividades respecto de las que hemos reiterado la petición de ampliar la importancia y número de Secretarios Judiciales destinatarios, en particular en la llamada actividad formativa de “Gestión Pública de la Administración de Justicia”, que destacamos como la más atractiva, junto a la planificación formativa en mediación y en dirección. Esta formación de gestión pública estaba limitada en principio a únicamente 80 o 100 Secretarios Judiciales, cuestión que no casa con su condición capital en el actual proceso de modernización, y sobre esta petición sí se ha manifestado con mayor receptividad el Director General, en el sentido de que se someterá a nuevo estudio, aunque ello tenga que ser en detrimento de otras actividades programadas.

2.) PRODUCTIVIDAD:
Facilitado el borrador de nueva resolución de productividad, el nuevo sistema ha sido explicado a las asociaciones, estándose generalmente de acuerdo por parte de todos en que dicho sistema se adecua, ab initio, a las sentencias que anularon el anterior y con ello, se mejora el mismo, si no fuera por las promesas incumplidas del Director General a que nos referiremos a continuación y las necesarias mejoras del sistema que hemos demandado.
El nuevo sistema, cuyo importe total para reparto no se encuentra determinado ni se ha comunicado por los responsables ministeriales en esta reunión, ni en todas las anteriores en las que lo hemos reclamado con reiteración, se basa en el reparto de la cantidad destinada por este concepto entre los Secretarios Judiciales que realicen la autodeclaración, conforme a las categorías, indicadores y factores que se aprueben para cada una de las clases de órganos judiciales diferenciados, solicitándose por el Ministerio que en los próximos días se les hagan llegar los errores que se hayan podido detectar en las 61 fichas elaboradas al respecto.

Dada la complejidad del nuevo sistema, que será gestionado por un programa informático, es por lo que hemos instado del Ministerio que elabore algún documento ejemplificativo que permita la mejor compresión del mismo por parte de todos los Secretarios Judiciales.

Como adelanto, os informamos, en síntesis, que el nuevo sistema se basa en agruparnos en puestos de trabajo del mismo tipo (así por ejemplo, los 1ª instancia con los 1ª instancia, los Juzgados de Instrucción con los de Instrucción, etc…), aprobándose para cada uno una ficha de productividad que distingue tres clases de indicadores:

1.) Indicadores asociados al rendimiento individual de cada Secretario Judicial (que representarán el 50% de la productividad), entre los cuales estarán como factores de rendimiento el número de decretos dictados, las tasaciones de costas, los señalamientos o el número de ejecuciones archivadas.

2.) Indicadores estructurales dependientes del destino de cada Secretario Judiciales (que representa el 25%), entre los cuales estarán el número de asuntos ingresados y resueltos en nuestro órgano judicial.

3.) Indicadores incentivadores o estratégicos (que representarán el otro 25%), entre los cuales estarán el número de mandamientos de devolución de la Cuenta de Consignaciones, las anotaciones en el SIRAJ, los actos de conciliación, las entradas y registros, o las salidas para la práctica de diligencias.

Con estos indicadores, clasificados todos los destinos en las sesenta y una clases fijadas en las fichas respectivas, se dividirá la productividad entre todos los Secretarios Judiciales que hayan solicitado su abono mediante el sistema de autoliquidación, y obtenido el cociente, se multiplicará el mismo por el número total de Secretarios Judiciales integrados en cada una de las clases de órganos judiciales. Esta cifra será la que finalmente se reparta entre los Secretarios Judiciales de cada uno de los grupos en función del puesto que cada uno haya alcanzado respecto de cada uno de los indicadores del sistema mencionados.

Como desde el CNSJ hemos venido realizando en el grupo de trabajo constituido al efecto, y explicitado en informes escritos, hemos reiterado los puntos en los que conveníamos con el nuevo sistema, así como los puntos de discrepancia. Nuestras aportaciones, que os explicitaremos igualmente en próximas noticias, se dirigen a dotar de transparencia y seguridad al mismo, evitando la pérdida de un solo céntimo de euro, además de buscar la flexibilidad y adaptación del sistema a las cambiantes circunstancias de nuestro trabajo diario, y por supuesto a la experiencia en su aplicación tras un año, y como no puede ser de otra forma, a la legalidad vigente y declarada en las sentencias que anularon el anterior sistema.

Ahora bien, sin perjuicio de la aplicación práctica del mismo que esperamos sea positiva, el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, debe dar a conocer a todos sus colegiados y simpatizantes otros aspectos relacionados con la productividad que, dada su importancia, conducen a que NUESTRA ASOCIACIÓN NO PUEDA MOSTRARSE CONFORME CON LA NUEVA REGULACIÓN, no tanto por las mejoras que hemos explicado, sino por lo que ha rodeado a su aprobación, y en este sentido, debemos ser claros:

El MINISTERIO DE JUSTICIA HA INCUMPLIDO EL COMPROMISO, dado en su día, de que la aprobación del nuevo régimen de productividad iría vinculada a la aprobación de un nuevo régimen de sustituciones que pudiera dar cobertura a la inevitable no percepción individual de cantidades que provoca el actual sistema, y que por mor de la sentencia que lo anuló, deben dejar de percibirse como productividad. Y nos referimos inevitablemente a las cantidades que se venían percibiendo en relación a sustituciones en vistas, o entradas y registro, cantidades que, estando sentenciado que no deben ser abonadas en concepto de productividad, entendemos que sí deben valorarse su compensación, abonándose en la medida posible en concepto de sustituciones, no sólo porque, más aún tras la maltrecha situación económica en que venimos quedando los Secretarios Judiciales en los últimos tiempos, se trata de actuaciones exigidas por el servicio público que conllevan una dedicación fuera de la ordinaria en nuestros propios destinos.

En este sentido, el Colegio Nacional ha reclamado y sigue reclamando que, con el nuevo sistema, se deja de devengar como productividad por el Ministerio de Justicia la nada desdeñable cifra de 750.600 euros por vistas (lo que suponía el 31,24% del total de la productividad anterior), que ciertamente formarán parte de la partida de la nueva productividad, de la que procedían, pero que dejan de compensar el extra de dedicación que significa sustituir en un Juzgado y además entrar en vistas, por ejemplo, o de igual modo como sucede con las entradas y registros simultáneas. Y es que, coincidiremos todos en que sustituir hoy, más aún tras la entrada en vigor de las reformas procesales, no es igual que hacerlo antes de mayo, razón por la que, desde el principio, interesamos la revisión simultánea del sistema de sustituciones y así se comprometió con el MJ.

El Director General niega ahora ese compromiso que en variadas ocasiones explicitó, y hoy, se ha limitado a afirmar que su compromiso era, que lo único vinculado era el inicio de los trabajos de los respectivos grupos técnicos, pero no la aprobación de ambos regímenes, lo que resulta curioso cuando hace meses que, casualmente, no se convoca a reunión al grupo de sustituciones.

Y siguiendo en esta línea, se nos ha indicado que podemos hacer saber a todos vosotros que ya no se pagarán las entradas en vistas por sustitución de otro Secretario Judicial por ningún concepto desde el próximo 1 de enero, ni como productividad ni tampoco ni siquiera en parte, como sustitución ordinaria, confirmando con ello los peores de nuestros presagios iniciales y de los que ya advertimos en su día a través de esta misma página, lo que parece preconcebido.

Finalmente, el Director General ha confirmado también que los Secretarios de Gobierno y Coordinadores Provinciales, aunque sean también Secretarios Judiciales, tendrán su propio sistema de productividad en resolución aparte, y no se nos dará audiencia. Ello entendemos conculca la legalidad vigente, además de ensombrecer la necesaria transparencia en un tema tan sensible, justificadamente, como este, en el que debemos ser oídos, y debe conocerse dado el límite legal del 5% de masa salarial destinable a productividad, cuanto se destina de la misma para cada grupo de compañeros y cómo se distribuye.

3.) RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO DE CUENCA, LEÓN Y MÉRIDA:
Dado a conocer el proyecto de orden ministerial por el que se determinan las relaciones de puestos de trabajo de las ciudades incluidas en la segunda fase del plan de implantación de la Nueva Oficina Judicial, pocas cosas nuevas pueden aportarse que se diferencien respecto de las primeras ciudades, y a anteriores noticias nos remitimos, si acaso podemos resaltar:
1. Se ha puesto de manifiesto el incumplimiento de esa voluntad del Ministerio de Justicia de crear Servicios Comunes de Ordenación del Procedimiento en todas las ciudades de Nueva Oficina Judicial, lo que llevará consigo que los Secretarios Judiciales destinados en las UPADS de Cuenca y Mérida desempeñen también las funciones de ordenación del procedimiento, eso sí, cobrando el complemento específico de Secretarios de UPADS (4.849,56 euros), en lugar de, como mínimo el de aquellos Secretarios Judiciales que comparten funciones de UPAD y SCOP (8.595,60 euros –véase León, por ejemplo-).

2. Lo que es más sorprendente, cuando no escandaloso como así hemos dicho en la reunión, es que la diferencia en las UPADS entre el complemento específico del Secretario Judicial (4.849,56 euros) y el del Gestor (4.833,48 euros) sea de 16,08 euros/año, diferencia entre grupos A y B ante las cuales el Director General ha manifestado al respecto que reconoce que son insatisfactorias en la actual situación económica (sic).
Y es precisamente esta situación la que justifica mas que sobradamente los recursos que contra dichas órdenes se ve y ha visto obligado a presentar este Colegio Nacional de Secretarios Judiciales (en solitario) a fin de tratar que los tribunales reconozcan que las situaciones insatisfactorias parecen lo sean sólo para los Secretarios Judiciales, no para el resto de Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

4.) OTRAS CUESTIONES:
Y como colofón a la reunión, el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales ha planteado dos cuestiones más, que dejamos a vuestra suprema valoración.

1.) Pedimos al Ministerio de Justicia que diera traslado a las asociaciones de los proyectos de ley programados por el Gobierno –según el calendario legislador aprobado en el último Consejo de Ministros-, siete de los cuales al menos afectan a la Administración de Justicia; y lo hemos pedido con la finalidad de que no ocurriera lo que ha pasado con el proyecto de Ley del Registro Civil (del que no se nos dio traslado hasta el BOE), a lo cual el Director se limitó a afirmar que se nos irá dando traslado de ellos “como hasta ahora”.

2.) Los efectos de la INSTRUCCIÓN Nº 2/2010 DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, SOBRE FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE JUECES Y MAGISTRADOS, en lo que todas las asociaciones hemos coincido supone una invasión de las competencias de los Secretarios Judiciales violentando el esquema de legalidad de la LO 19/03, interesando del Ministerio nos informara cuáles serán las acciones que se adopten, en particular, por parte del Secretario General como cúspide de la organización jerárquica de los Secretarios Judiciales y a quien hemos solicitado amparo.

Pues bien, sobre este tema y dejando que cada Secretario Judicial saque sus propias conclusiones, el Director General de Modernización –a la sazón Secretario General- se ha limitado a afirmar, entre otras cosas, que no cree que a la instrucción haya que darle tanta trascendencia, ni que deba suscitar la preocupación que ha generado entre los Secretarios Judiciales, debiendo enmarcarse dentro de los avatares normales del proceso de nueva organización judicial en que nos encontramos, pues entre otras cosas la instrucción contiene muchos aspectos positivos -como que se dejen fuera los servicios comunes procesales, o se atribuya la inspección de los mismos a los Secretarios de Gobierno- y que la misma reconoce nuestras facultades directivas pues no dice que el Juez o Magistrado requiera directamente a los funcionarios, siendo mejor que lo haga a través del Secretario Judicial como directivo. A más que aunque pueda parecer desafortunado, no da importancia al término “requerimiento” contenido en la instrucción.

De sus palabras puede deducirse claramente que no es previsible que nuestro Secretario General dicte instrucción alguna como se le ha pedido sobre cuál haya de ser la respuesta que hayamos de dar los Secretarios Judiciales a los requerimientos que podamos recibir de Jueces y Magistrados.

Siendo tal postura ya previsible, el Colegio Nacional de Secretario Judiciales, en el ejercicio responsable de sus funciones, pero en defensa siempre de la dignidad profesional e independencia de los Secretarios Judiciales, hace y hará una valoración responsable, serena e independiente de la aplicación de la citada instrucción, a la vista de lo cual se decidirán las acciones que en su caso se estimen procedentes contra la misma, y de las cuales, como siempre, os daremos cumplida información.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies